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Estiman mayor carga administrativa para empresas con la NOM de Teletrabajo

La NOM-037-STPS-2022 es el instrumento para regular las condiciones de seguridad y salud que deben contemplarse para el trabajo remoto



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29 julio, 2022

El proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) de Teletrabajo podría implicar un mayor control sobre la modalidad de trabajo, más carga administrativa para las empresas y una mayor responsabilidad de los patrones sobre la forma en la que se implementa este esquema, de acuerdo con especialistas en derecho laboral.

Jimena Sánchez Argoytia, socia de la firma D&M Abogados, dijo a El Economista que el objetivo de la norma es evitar que la obligación patronal de tener un espacio seguro y saludable se traslade a los trabajadores que se encuentran en teletrabajo.

Asimismo, señaló que con la aplicación de las nuevas reglas es probable que no se pueda determinar quiénes cumplen con las condiciones para realizar teletrabajo y sea difícil de documentarlo porque representa “muchas cargas administrativas para las empresas que ofrecen esta modalidad”

Mayores cargas administrativas

Según lo establecido en la NOM 037, las empresas también deberán informar a las personas teletrabajadoras de los riesgos relacionados con la actividad que desarrollen y validar las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, con el objetivo de evitar condiciones inseguras o peligrosas, y prevenir riesgos a la salud o factores de riesgo psicosocial y ergonómicos.

Asimismo, los empleadores deberán dar a los colaboradores una silla ergonómica, así como los insumos necesarios para su adecuado desempeño.

También deberán asegurar el mantenimiento de los equipos de trabajo y proporcionar capacitación, al menos, una vez al año sobre las condiciones de seguridad y salud que los colaboradores deben tener y mantener en su lugar de trabajo.

Verificación con fotografías

En tanto, los teletrabajadores deberán brindar al patrón una comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en cada lugar de trabajo acordado con el empleador, ya sea la casa del empleado, un coworking, una cafetería.

Alejandra Massud, socia de GLZ Abogados, coincide en que la NOM de Teletrabajo beneficia a los colaboradores porque garantiza su seguridad y salud, pero hay otros aspectos que pueden ser complejos de garantizar, por lo que hay margen para mejorar la regulación.

“Puede haber una laguna o una omisión, porque quizá el trabajador no quiera que el empleador acuda al domicilio, pero acepta la autoverificación y quizá en ella dice que cumple con todas las condiciones para realizar su trabajo en casa, pero la realidad es que está trabajando en el comedor de su casa. Creo que un apoyo para este caso en concreto podrían ser las fotografías”, apunta la especialista.

Jimena Sánchez también opina que la evidencia fotográfica puede ser clave para los empleadores en el cumplimiento normativo de la NOM-037, especialmente porque con la nueva regulación los patrones están obligados a verificar las condiciones que los trabajadores reporten.

Empresas deberán regular seguridad de empleados

La empresa empleadora también tendrá que crear una política interna de trabajo en casa o home office, es decir, el conjunto de reglas e instrucciones sobre cómo las personas teletrabajadoras deben desempeñar sus actividades remotas de forma segura y saludable.

“Cada empresa la deberá redactar cuidando al trabajador, pero equilibrando la aplicabilidad de los preceptos de acuerdo a la realidad de cada colaborador minimizando las riesgos de incumplimiento, vaya, un equilibrio entre lo deseable y lo posible de acuerdo con esta norma”, menciona Mauricio Reynoso, director general de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos (Amedirh).

La NOM-037-STPS-2022 es el instrumento para regular las condiciones de seguridad y salud que deben contemplarse para el trabajo remoto. Estos cambios se desprenden de la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que entró en vigor en enero del año pasado.

Con ello,  la Norma 037 contempla que los lugares donde trabajarán las personas deberán ser convenidos con los empleadores y en cada lugar donde los teletrabajadores desempeñen sus actividades el patrón tendrá que verificar las condiciones de seguridad y salud.

Datos de la bolsa de empleo Computrabajo revelan que en México 57% de las empresas ya instauraron modelos de trabajo híbrido.

Sin embargo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) estima que en el país 13 millones de personas están en posibilidades de hacer home office, actualmente solo 9% de la población trabajadora está en esta modalidad, explica Julieta Manzano, consultora y directora comercial de la firma Mercer.

Con esta norma, las empresas no solo deberán garantizar la desconexión digital, el derecho de un trabajador a desconectarse del trabajo y abstenerse de participar en cualquier tipo de comunicación al término de la jornada laboral, sino que tendrán que abrazar la flexibilidad para realmente ofrecer un mejor balance de vida.





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