Al terminar una relación laboral aparecen dos palabras que suelen usarse como sinónimos: finiquito y liquidación. No lo son.
Ambos pagos se cobran al final, pero nacen de circunstancias distintas y la diferencia puede ser considerable en el monto que recibes. Saber cuál te corresponde depende, sobre todo, de quién tuvo la responsabilidad de que la relación terminara.
La diferencia en una línea
Si renuncias por voluntad propia, si tu contrato llega a su fin natural o si te despiden por una causa justificada, te corresponde el finiquito.
Si te despiden sin que exista una causa legal que lo justifique, o si la terminación es responsabilidad del patrón, además del finiquito tienes derecho a una liquidación, que incluye conceptos adicionales y eleva el total de manera importante.
¿Qué es el finiquito y qué incluye?
El finiquito es el documento donde se indican las cantidades que el patrón entrega al trabajador por el término de la relación laboral, sin importar la razón por la que esta terminó.
Ahí se detallan los conceptos devengados hasta la fecha de finalización del contrato:
- Salarios pendientes: los días trabajados que aún no se han pagado.
- Vacaciones no disfrutadas: los días acumulados que no se gozaron.
- Prima vacacional proporcional correspondiente a esos días.
- Parte proporcional del aguinaldo según el tiempo laborado en el año.
- Prestaciones adicionales: bonos, vales o comisiones pendientes, si están estipuladas en el contrato o en el reglamento interno.
Conviene revisar el documento con calma antes de firmarlo. Al hacerlo, generalmente se acepta que se recibieron todos los pagos correspondientes y que no quedan reclamaciones pendientes.
¿Qué es la liquidación y cuándo aplica?
La liquidación es la compensación económica que el empleador otorga cuando el trabajador es despedido de manera injustificada, es decir, cuando la relación termina sin una causa legal que lo respalde conforme a la Ley Federal del Trabajo (LFT).
A diferencia del finiquito, que aplica en cualquier terminación, la liquidación es un derecho que protege al trabajador frente a despidos arbitrarios. Incluye todo lo del finiquito más los conceptos indemnizatorios.
¿Cuándo el despido sí está justificado?
El artículo 47 de la LFT enumera las causas por las que un patrón puede rescindir la relación laboral sin responsabilidad. Entre las más comunes están:
- Dar referencias falsas sobre las habilidades propias, lo que aplica únicamente durante los primeros 30 días de trabajo.
- Cometer actos violentos contra el patrón, compañeros o clientes, salvo en defensa propia.
- Ocasionar daños graves a los bienes de la empresa, aun sin intención.
- Poner en riesgo la seguridad del lugar de trabajo o de otras personas.
- Incurrir en acoso u hostigamiento sexual.
- Revelar secretos de la empresa.
- Faltar más de tres veces en un periodo de 30 días sin permiso ni causa justificada.
- Presentarse a trabajar bajo los efectos del alcohol o de drogas, sin prescripción médica que lo justifique.
- Haber sido condenado a prisión.
En estos supuestos, el trabajador recibe su finiquito, pero no la indemnización.
¿Cuándo la responsabilidad es del patrón?
El artículo 51 de la LFT señala las causas que permiten al trabajador dar por terminada la relación sin responsabilidad de su parte. Si la separación ocurre por alguna de ellas, puede dar lugar a la indemnización. Entre ellas:
- Haber recibido información falsa sobre las condiciones del trabajo, dentro de los primeros 30 días.
- Sufrir actos violentos por parte del patrón o de personal de la empresa.
- Reducción del salario o falta de pago oportuno.
- Que el patrón dañe las herramientas de trabajo o no proporcione lo necesario para laborar.
- Condiciones de trabajo que pongan en riesgo la salud o la vida.
- Exigencias que dañen la dignidad del trabajador o impliquen maltrato.
Qué te toca en cada caso
| Concepto | Finiquito | Liquidación |
|---|---|---|
| Cuándo aplica | En cualquier terminación: renuncia, fin de contrato o despido justificado | Solo cuando el despido es injustificado o la causa es atribuible al patrón |
| Salarios pendientes | Sí | Sí |
| Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales | Sí | Sí |
| Indemnización de tres meses de salario | No | Sí |
| 20 días de salario por año trabajado | No | Sí, cuando procede |
| Prima de antigüedad | Según el caso | Sí |
| Salarios caídos | No | Solo si el caso llega a juicio |
¿Cómo se calcula el finiquito?
El finiquito reúne los pagos pendientes por la relación laboral que finaliza. Si prefieres obtener el monto directamente, puedes usar la calculadora de finiquitos de El Contribuyente. Estos son los conceptos que la integran:
- Días trabajados no pagados: salario diario × días trabajados no pagados.
- Vacaciones no gozadas: días no usados × salario diario, más la prima vacacional, que equivale como mínimo a 25% sobre esos días.
- Parte proporcional del aguinaldo: (salario diario × días trabajados en el año ÷ 365) × 15 días, que es el aguinaldo mínimo de ley.
- Prestaciones adicionales: bonos, comisiones u otros conceptos pendientes estipulados en el contrato.
¿Cómo se calcula la liquidación?
La liquidación suma, a todo lo anterior, los conceptos indemnizatorios:
- Tres meses de salario integrado: salario diario integrado × 90 días.
- 20 días de salario por cada año trabajado: (salario diario integrado × 20) × años laborados.
- Prima de antigüedad: (12 días × salario diario) × años trabajados, con un tope de dos UMAs diarias cuando el salario excede ese límite.
¿Y si el patrón se niega a pagar?
Cuando el patrón no cubre lo que corresponde, el trabajador puede acudir a los tribunales laborales. En esa vía pueden reclamarse conceptos adicionales:
- Salarios caídos: el sueldo que se habría ganado desde el despido hasta que se resuelva el caso, con un límite de un año.
- Intereses o recargos cuando el pago se retrasa más allá de lo debido.
Antes de llegar ahí, la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) ofrece asesoría gratuita para revisar el caso y, de ser necesario, acompañar el proceso.
Si consideras que tu despido no fue justo, conviene asesorarte legalmente antes de firmar cualquier documento.
Calcula tu finiquito
Conocer el monto aproximado antes de firmar te permite revisar si los conceptos y las cantidades coinciden con lo que te corresponde.