El Contribuyente
Síguenos
empty

Esta es la multa para los patrones que no paguen aguinaldo

El patrón que no pague aguinaldo a sus trabajadores podrá hacerse acreedor a multas de hasta 44 mil 800 pesos.



El patrón que no pague aguinaldo a sus trabajadores podrá hacerse acreedor a multas de hasta 44 mil 800 pesos.
13 diciembre, 2021

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos [LFT 87].

Curso en línea

La LFT también señala que quienes no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hayan trabajado. 

¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo?

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) el pago de aguinaldo les corresponde a las y los trabajadores, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la LFT.

¿Cuáles son las multas por no pagar aguinaldo?

Asimismo, en caso de que los patrones no paguen el aguinaldo en tiempo y forma, la LFT establece sanciones que van de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones, es decir, multas de entre 4 mil 480 a 44 mil 800 pesos. 

¿Dónde puedo denunciar si no me pagan mi aguinaldo?

Por otra parte, los trabajadores que no hayan recibido esta prestación, contarán con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes tales como las Juntas de Conciliación y Arbitraje Federal o locales y/o Tribunales Laborales federal o locales, o los Centros de Conciliación y Registro Laboral federal o locales, según sea el caso, de acuerdo con Excélsior.

Además, los trabajadores que requieran asesoría podrán acercarse a la Profedet, a través del teléfono 01 800 911 78 77, o de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

 


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Los requisitos para el 0% del IVA por hotelería a turistas extranjeros son válidos: SCJN

IMSS para independientes: Beneficios y cómo inscribirte en el Régimen Obligatorio

El SAT recomienda verificar la autenticidad de las bebidas alcohólicas

Shein pide RFC y CURP en México por requerimiento del SAT