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Prodecon logró que se declarara la nulidad de una multa del SAT

Con el apoyo de la Prodecon, una contribuyente consiguió  la nulidad de una multa impuesta por el SAT.



Prodecon logró que se declarara la nulidad de una multa impuesta por el SAT
(Imagen: El Contribuyente)
7 julio, 2021

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente logró que se declarara la nulidad de una multa impuesta por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con la Prodecon, la contribuyente tenía un salón de uñas y tributaba en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Pero cedió los derechos de su negocio a un tercero en 2018.

La contribuyente presentó el aviso de actualización de obligaciones

Para esto, la contribuyente presentó un aviso de “Actualización aumento/disminución de obligaciones” ante el SAT. Por eso, quedó registrada únicamente con la actividad de asalariada.

Pero en enero de 2020, a la contribuyente le fue notificada en el domicilio del salón de uñas una multa que le fue impuesta por el SAT. Supuestamente, la contribuyente se opuso al ejercicio de las facultades de comprobación. Esto, en materia de verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), en el domicilio fiscal del negocio.

Por lo anterior, la contribuyente acudió a solicitar los servicios de la Prodecon. Esto se debe a que consideró ilegal la multa de 17 mil 370 pesos que le fue impuesta. Porque únicamente es asalariada y cedió los derechos de su negocio previamente.

Se declaró ilegal la multa impuesta por la autoridad fiscal

Derivado de lo anterior, se promovió un juicio contencioso administrativo federal ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en favor de la pagadora de impuestos.

En el juicio se hizo valer que la multa referida fue ilegal. Esto se debe a que la contribuyente presentó el aviso de actualización de actividades ante el SAT desde 2018, en el que se asentó claramente que solo percibía ingresos como asalariada. Por eso, no estaba obligada a expedir CFDI, al no realizar actividades comerciales que den origen a ello.

Puedes ver lo que publicó la Prodecon sobre este caso aquí / Año: 2021 / Subprocuraduría: Asesoría y Defensa del Contribuyente / Publicación: junio de 2021.


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