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¡Cuidado con el efectivo! Descubre qué operaciones están bajo la lupa de Anti-Lavado

Descubre las operaciones que están bajo la lupa de la Ley Anti-Lavado en México, sus montos máximos permitidos y qué pasa si debes devolver el dinero



14 octubre, 2024

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Ley Anti-Lavado) establece restricciones al uso de efectivo en ciertas transacciones.

Estas limitaciones están detalladas en el Artículo 32 de la Ley, que indica: “Queda prohibido cumplir obligaciones, liquidar o pagar, así como aceptar pagos o liquidaciones de actos u operaciones, mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional, divisas o metales preciosos.”

Las restricciones se aplican de la siguiente forma:

  1. Cuando se paga o se acepta el pago de un acto u operación individual, sea en una o varias exhibiciones.
  2. Cuando se cumple una obligación o se acepta el pago de un conjunto de actos u operaciones, siempre que una sola persona aporte los recursos para cubrirlos.

Montos máximos permitidos en efectivo y metales:

La consultora Fiscalia detalla los tipos de operaciones y los límites máximos de efectivo o metales permitidos, con datos vigentes a septiembre de 2022:

Operación Veces la UMA Monto Máximo
Constitución o transmisión de derechos sobre bienes inmuebles 8,025 UMA $871,274.25
Transmisión de vehículos nuevos o usados (aéreos, marítimos o terrestres) 3,210 UMA $348,509.70
Transmisión de relojes, joyería, metales preciosos o piedras preciosas, por pieza o lote, así como obras de arte 3,210 UMA $348,509.70
Compra de boletos para apuestas, concursos o sorteos, y pago de premios por participación 3,210 UMA $348,509.70
Servicios de blindaje para vehículos o inmuebles 3,210 UMA $348,509.70
Transmisión de derechos sobre títulos representativos de acciones de personas morales 3,210 UMA $348,509.70
Constitución de derechos de uso o goce de bienes inmuebles, vehículos y servicios de blindaje 3,210 UMA $348,509.70

Además, Fiscalia aclara que si se reciben monedas, divisas o metales preciosos para una transacción que luego se cancela, la devolución debe hacerse en la misma forma y moneda que el pago original.

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