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Cancela facturas de manera oportuna para evitar diferencias con el SAT

Especialistas recomiendan que los CFDI no se cancelen sin avisar a los clientes o receptores, porque podrían negar la cancelación



El Contribuyente
20 marzo, 2024

Para evitar diferencias con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes deben cancelar de manera oportuna sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas.

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De acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, el contribuyente que tiene algunos CFDI que no se van a cobrar en el mes en el que se expidieron o que tienen operaciones que no se llevarán a cabo, debe cancelar dichos comprobantes.

En ese caso, el contribuyente debería decirles a sus clientes que cancelará los CFDI, para que estén al pendiente del Buzón Tributario y acepten la cancelación.

El asesor y catedrático recomendó que los CFDI no se cancelen sin avisar a los clientes o receptores, porque podrían negar la cancelación.

El especialista explicó que si se niega la cancelación de los CFDI, el SAT presumiría que hubo ingresos percibidos, lo que generaría diferencias con la autoridad.

Beltrán recordó que hay un plazo establecido para la cancelación de los CFDI:

  • Las personas morales tienen hasta marzo para cancelar sus CFDI, que es el último mes que tienen para presentar su declaración anual.
  • Mientras que las personas físicas pueden cancelar sus CFDI hasta el mes de abril, que es el mes de su declaración anual.

Además, advirtió que hay una multa para los contribuyentes que cancelen sus CFDI fuera del plazo establecido, que va de 5 a 10 por ciento de los montos de los comprobantes fiscales.

Puedes ver el vídeo de Mario Beltrán aquí / Fecha de publicación: agosto de 2023.

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