El Contribuyente
Síguenos
empty

Acusan de evasión fiscal a Totalplay por deducciones excesivas

Este mismo esquema se presenta en otras empresas de Grupo Salinas, por lo que el jefe del SAT, Antonio Martínez Dagnino, expuso que hay un reiterado abuso de estrategias contables y legales



El Contribuyente
19 marzo, 2024

El 15 de marzo, el presidente Andrés Manuel López Obrador expuso el caso de evasión fiscal de la empresa Totalplay, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, que empleó un esquema de deducciones excesivas, el cual fue analizado y resuelto esta semana por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En la conferencia matutina del mandatario, se explicó que los ministros corroboraron que la empresa omitió pagar impuestos por cinco rubros, los hizo pasar por pérdidas y reportó ganancias menores. Después de nueve años de litigio, la empresa no ha cumplido con el pago de sus impuestos.

Además, se señaló que este mismo esquema se presenta en otras empresas de Grupo Salinas, por lo que el jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Antonio Martínez Dagnino, expuso que hay un reiterado abuso de estrategias contables y legales.

Simultáneamente, la SCJN confirmó que el contribuyente incurrió en error y debe hacer la corrección de más de mil 500 millones de pesos que no debió declarar como pérdidas fiscales y que el Estado tiene derecho a cobrar.

El caso es uno de los pendientes de resolución en el Poder Judicial Federal. Se cuantifica un adeudo histórico de contribuciones por más de 30 mil millones de pesos, mencionó el jefe del SAT.

Totalplay no contaba con la información completa de la operación de 2011, principalmente en el rubro de gastos; el SAT esperó un año el reporte faltante, resolvió e informó a la empresa en 2015 que debía pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) porque la empresa reportaba 1.4 veces más de gastos, respecto de los ingresos totales que había obtenido. En al menos seis rubros, no comprobó que estos gastos fueran efectuados para la operación natural del negocio.

A partir de 2015 comenzó un historial de litigios durante nueve años a la fecha. El asunto fue llevado hasta la SCJN en 2020 con la finalidad de que se resolviera de manera contundente y con el mayor grado de imparcialidad, argumentó la titular de la Procuraduría Fiscal, Grisel Galeano García.

En 2022, la SCJN decidió atraer el asunto y lo turnó al ministro Luis María Aguilar Morales, quien, hasta dos años después, presentó a sus pares dos proyectos de resolución. El último fue puesto en sesión esta semana.

El resultado de la sentencia de la Segunda Sala de la SCJN mantuvo como válidos para cobro del SAT cinco de los seis rubros que la empresa maliciosamente intentó presentar como gastos excesivos.

“Retrasar su cobro sin fundamento sería complicidad, sería una injusticia”, afirmó la procuradora fiscal, Galeano García.

“Nosotros no actuamos de manera autoritaria, no perseguimos a nadie, pero sí buscamos que no haya privilegios fiscales, porque es muy injusto. ¿Cómo los trabajadores de México pagan más impuesto sobre la renta que los empresarios? Tiene que haber justicia… Todos estos asuntos están en el Poder Judicial, tanto en la Suprema Corte como juzgados de distrito, y es bastante el dinero que está en litigio. No es poca cosa”, subrayó el presidente.

Puedes ver la información que publicó la Presidencia de México aquí / Fecha de publicación: 15 de marzo de 2024.

Te puede interesar

¿Qué pasa si alteras los códigos de programación de las declaraciones del SAT?

Contribuyentes que iniciaron en el RIF en 2014 deben cambiar de régimen: Prodecon

NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

 

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
¿Cómo comprar una casa sin crédito Infonavit o Fovissste

¿Qué se necesita para demandar la ilegalidad del embargo sobre una casa habitación?

El Infonavit modificó las reglas para obtener la Constancia de Situación Fiscal

¿Qué trabajadores están obligados a presentar declaración anual?

¿Qué es el servicio de conciliación de factura del SAT?