El Contribuyente
Síguenos
empty

Cuidado: Estos son los requisitos para permanecer en el RESICO de personas físicas

Los contribuyentes deben revisar sus cifras para ver si están dentro del umbral de los 3.5 millones de pesos



¿Qué pasó con los nuevos requisitos de conceptos en los CFDI?
(Imagen: El Contribuyente)
25 enero, 2024

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas brinda distintos beneficios.

Curso en línea

Requisitos para tributar en el RESICO de personas físicas

Para tributar o permanecer en el RESICO, las personas físicas, deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar activos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
  • No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).
  • Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
  • Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
  • Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

Aspectos a considerar para tributar en el RESICO de personas físicas

De acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, los ingresos en el ejercicio están topados hasta 3.5 millones de pesos, pero dicha cantidad tiene que estar cobrada y no se debe incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El asesor y catedrático indicó que los contribuyentes deben revisar sus cifras para ver si están dentro del umbral de los 3.5 millones de pesos.

A través de un video, el asesor y catedrático recalcó que sólo se deben considerar los ingresos cobrados. Es decir, no se deben tomar en cuenta las operaciones a crédito.

El especialista dijo que otro requisito importante es que no se debe ser socio o accionista de personas morales.

Además, Beltrán comentó que para tributar en el RESICO de personas físicas, no se deben tener ingresos asimilados a salarios.

Puedes ver el vídeo que publicó Mario Beltrán aquí / Fecha de publicación: enero de 2024.

Te puede interesar

Fake news: El SAT no cobrará nuevo impuesto a jubilados

El SAT utilizará Inteligencia Artificial para clasificar contribuyentes de riesgo

 

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Sabías que puedes cancelar facturas sin permiso? Descubre cuándo es posible

Sheinbaum afirma que Salinas Pliego deberá pagar impuestos pendientes

cambios-ley-ingresos-miscelánea-fiscal

Nueva regla del SAT: ¿Qué hacer con los avalúos en DeclaraNOT?

El truco del ISR anual que los patrones aplican con el aguinaldo