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¿Qué sectores pueden tributar en el RESICO de personas físicas?

El RESICO de personas físicas es un régimen opcional, y aplica principalmente a cuatro sectores de contribuyentes



(Imagen: El Contribuyente)
25 enero, 2024

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas brinda distintos beneficios.

Beneficios del RESICO para personas físicas

Entre los beneficios que brinda el RESICO para personas físicas se encuentran los siguientes:

  • Tasas mínimas para el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
  • Cálculo automático de impuestos.
  • Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
  • Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
  • El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
  • Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.

¿Quienes pueden tributar en el RESICO de personas físicas?

De acuerdo con el especialista fiscal Mario Beltrán, el RESICO de personas físicas es un régimen opcional, y aplica principalmente a cuatro sectores de contribuyentes.

El asesor y catedrático indicó que entre los contribuyentes que pueden tributar en el RESICO de personas físicas, se encuentran los siguientes:

Negocio

Las personas físicas que tienen un negocio. Por ejemplo, aplica si compras y vendes mercancías, frutas, verduras, abarrotes, papelería, ferretería, pasteles, etcétera. Además, aplica para carpinteros, plomeros, mecánicos, etcétera.

Profesionista

Los contribuyentes que tienen alguna profesión, también pueden optar por tributar en el RESICO. Por ejemplo, médicos, abogados, arquitectos, contadores, psocólogos, ingenieros, etcétera.

Arrendadores

Los arrendadores que dan en renta algún local comercial, oficina, casa, departamento, entre otros inmuebles, incluso terrenos, pueden tributar en el RESICO.

Sector primario

Quienes se dedican a la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca, también pueden tributar en el RESICO de personas físicas.

A través de un video, el asesor y catedrático indicó que los contribuyentes deben analizar sus actividades y los requisitos del RESICO de personas físicas, para ver si pueden optar por tributar en dicho régimen.

Puedes ver el vídeo que publicó Mario Beltrán aquí / Fecha de publicación: enero de 2024.

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