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Personas morales ex RESICO deben presentar aviso al SAT



Es ilegal que el SAT considere extemporáneo un aviso para aplicar los estímulos de la región fronteriza si esto lo causó la autoridad
(Imagen: El Contribuyente)
17 enero, 2024

El 29 de diciembre de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024.

De acuerdo con Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, en la RMF para 2024 muchas reglas son iguales que las del año pasado, pero hay algunas que son relevantes para los contribuyentes.

En entrevista con El Contribuyente, la especialista dijo que un aspecto a considerar tiene que ver con las personas morales que estuvieron en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en 2023 y que lo dejaron.

Personas morales ex RESICO deben presentar aviso al SAT

La contadora explicó que en ese tipo de casos las personas morales deben presentar un aviso al SAT, para informar del cambio de régimen, a más tardar el 31 de enero de 2024.

Es decir, si la persona moral tributaba en el RESICO y ahora pertenece a otro régimen debe presentar el aviso.

La RMF para 2024, en la Regla 2.5.13., establece la obligación de presentar el “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, de conformidad con la ficha de trámite 71/CFF.

Puedes ver la RMF para 2024 aquí / Fecha de publicación: 29 de diciembre de 2023.

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