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¿Los CFDI para jubilados deben cumplir los requisitos del recibo de nómina 4.0?

Los jubilados y pensionados también son receptores de un ingreso por servicio personal subordinado, y de ahí derivó su ingreso



(Imagen: El Contribuyente)
18 agosto, 2023

Desde el pasado 1 de julio de 2023, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina deben ser emitidos con la nueva versión 4.0.

La nueva versión del CFDI sustituyó a la 3.3, y los cambios más importantes son que debe incluir el Código Postal y el régimen tributario del trabajador.

En este contexto, El Contribuyente organizó el webinar ‘Dudas sobre los recibos de nómina 4.0’, impartido por Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México.

Entre las dudas que aclaró la especialista, se encuentra la siguiente: En el caso de un CFDI para una persona jubilada ¿también se deben cumplir los requisitos del recibo de nómina 4.0?

Ríos Hernández dijo que sí se deben cumplir los requisitos. Esto se debe a que para las personas que tienen pensión o jubilación también hay un apartado para poner sus datos.

La contadora explicó que los jubilados y pensionados también son receptores de un ingreso por servicio personal subordinado, y de ahí derivó su ingreso.

Otra duda relacionada con las personas jubiladas fue la siguiente: ¿El domicilio de una persona jubilada debe ser su domicilio aunque el pago lo realice la empresa?

En este caso, la integrante del Colegio de Contadores Públicos de México dijo que una persona jubilada ya no está realizando una actividad.

Por eso, la especialista considera que el domicilio fiscal de la persona jubilada debe ser su casa, porque debería estar en su casa.

Puedes ver el webinar ‘Dudas sobre los recibos de nómina 4.0’, aquí / Fecha de publicación: agosto de 2023.

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