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Importadores de canasta básica serán suspendidos si tienen inconsistencias con el SAT

Este año, el SAT dio de baja a 923 empresas del Padrón de Importadores por falta de requisitos como la e-firma vigente



30 noviembre, 2022

Los contribuyentes del Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica serán suspendidos cuando tengan inconsistencias en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y en caso de emitir comprobantes para amparar operaciones ilícitas.

De acuerdo con la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), quien presente irregularidades o inconsistencias en el RFC o al fusionarse o escindirse, sea cancelado en el mismo, será dado de baja del mismo de forma inmediata.

Motivos de suspensión

El documento publicado en el DOF establece que será suspendido del padrón quien esté dentro de la “lista negra” del SAT, que está conformada por aquellos que emitieron comprobantes fiscales sin contar con activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparen las facturas.

Otros motivos de suspensión son la detección de inconsistencias en las declaraciones,  y que el importador que cambie su denominación o razón social y no actualice su situación en el padrón.

Asimismo, si durante un procedimiento administrativo ante el SAT no se localiza al contribuyente, o desocupa el domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio correspondiente en el RFC, también será motivo para su baja.

La omisión de la presentación de alguna declaración anual, las declaraciones provisionales o definitivas en el tiempo en que el contribuyente estaba obligado hacerlo será otro motivo más de suspensión.

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Todo importador podrá solicitar que se deje sin efectos su suspensión, cuando así ocurra, mediante escrito libre que presente ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente del SAT con documentación que acredite que se subsana la causal o causales por las que fue suspendido en el Padrón, de acuerdo con Reforma.

Como reportamos, en abril de este año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio de baja a 923 empresas y personas físicas del Padrón de Importadores y Exportadores Sectorial que incumplían con diversos requisitos, como  la e-firma vigente, carecían de los medios de contacto para efectos del Buzón Tributario y tenían opinión negativa en materia de obligaciones fiscales.




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