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En 2022, duras sanciones por no avisar al SAT sobre cambio de residencia fiscal

Los contribuyentes con residencia fiscal en México que se cambien a otro país sin avisar al SAT enfrentarán severas sanciones.



El Contribuyente
26 noviembre, 2021

El 12 de noviembre, el Poder Ejecutivo publicó la Miscelánea Fiscal para 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Entre los cambios se encuentra una modificación a la fracción II del artículo 9 del Código Fiscal de la Federación (CFF) que establece lo siguiente:

II.     …

No perderán la condición de residentes en México, las personas físicas o morales que omitan acreditar su nueva residencia fiscal, o acreditándola, el cambio de residencia sea a un país o territorio en donde sus ingresos se encuentren sujetos a un régimen fiscal preferente en los términos del Título VI, Capítulo I de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Lo dispuesto en este párrafo se aplicará en el ejercicio fiscal en el que se presente el aviso a que se refiere el último párrafo de este artículo y durante los cinco ejercicios fiscales siguientes.

No se aplicará lo establecido en el párrafo anterior, cuando el país en el que se acredite la nueva residencia fiscal, tenga celebrado un acuerdo amplio de intercambio de información tributaria con México y, adicionalmente, un tratado internacional que posibilite la asistencia administrativa mutua en la notificación, recaudación y cobro de contribuciones.

Las personas físicas o morales que dejen de ser residentes en México de conformidad con este Código, deberán presentar un aviso ante las autoridades fiscales, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en el que suceda el cambio de residencia fiscal. Cuando las personas físicas o morales omitan presentar dicho aviso, no perderán la condición de residentes en México.

Medida no proporcional

Para algunos expertos, las consecuencias podría no ser proporcionales. Con el cambio, los residentes fiscales que no notifiquen al SAT su nueva residencia fiscal en el extranjero seguirán siendo considerados como residentes mexicanos. Así, los contribuyentes tendrían que seguir pagando impuestos en el país.

Durante su participación en el foro “El presente y futuro fiscal de México. Desafíos y prospectivas de la reforma fiscal 2022” de la Coparmex, Christian Natera, socio director del despacho Natera Consultores, dijo que la consecuencia es muy grave para una falta formal.

Como señala IDC Online, si el cambio se hace a un régimen fiscal preferente, seguirán siendo considerados como residentes mexicanos. Además, permancerán así durante los siguientes cinco ejercicios fiscales. El aviso se debe presentar dentro de los 15 días previos.

 

Con información de IDC Online y Reforma

https://www.reforma.com/ven-dura-sancion-fiscal-ante-cambio-de-residencia/ar2303439

https://idconline.mx/fiscal-contable/2021/09/13/paquete-economico-2022-y-sus-propuestas-de-reforma-al-cff

 

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