¿Cuál es el último día para la habilitación del buzón tributario de personas físicas?
El anteproyecto de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 contiene cambios importantes sobre el buzón tributario.
El 17 de febrero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su sitio oficial el Primer Anteproyecto de Primera de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.
Te decimos los cambios más importantes en la nueva versión.
2.2.11 Verificación y autenticación de e.firma
Para los efectos del artículo 17-F, segundo párrafo del CFF, el SAT prestará gratuitamente el servicio de verificación y autentificación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas a los contribuyentes que determinen el uso de la e.firma como medio de autentificación o firmado de documentos digitales, siempre que presenten la información y documentación señalada en la ficha de trámite 256/CFF “Solicitud de acceso al servicio público de consulta de verificación y autenticación de e.firma”, contenida en el Anexo 1-A.
El servicio de verificación y autentificación de los certificados de firmas electrónicas avanzadas que prestará el SAT consistirá en permitir a los contribuyentes mencionados en el párrafo anterior el acceso automatizado para la verificación de la validez de los certificados digitales de la e.firma, en el que obtendrán una respuesta positiva o negativa (SI/NO).
3.9.19. Pagos provisionales para personas morales del régimen general de ley
Concluido el llenado de la declaración, se deberá realizar el envío utilizando la e.firma.
3.16.11. Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero
Para los efectos del artículo 239 del Reglamento de la Ley del ISR, el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2020 es de 0.0467.
12.3.16. Ingresos considerados para optar por realizar pagos definitivos
Se deroga.
Buzón tributario
Por último, el artículo Quinto Transitorio establece los últimos días para que personas físicas habiliten el buzón tributario:
Contribuyentes | Fecha límite |
Contribuyentes con ingresos menores a 400 mil pesos | Pueden no habilitarlo |
Con ingresos entre 400 mil pesos y 3 millones de pesos | 31 de diciembre de 2021 |
Con ingresos superiores a 3 millones de pesos | 30 de abril de 2021 |
Con información de Fiscalia e IDC Online
https://www.fiscalia.com/publicaciones/15239
https://idconline.mx/fiscal-contable/2021/02/18/2da-version-del-anteproyecto-de-la-primera-modificacion-a-la-rmisc-2021
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