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Oficial: en 2021 los ingresos por asimilados a salarios tendrán un tope de 75 millones de pesos

Te decimos qué cambios importantes afectarán al régimen de asimilados a salarios el próximo año.



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6 noviembre, 2020

Ayer, la Cámara de Diputados aprobó Miscelánea Fiscal y la Ley de Ingresos con las modificaciones realizadas por el Senado. Entre otras cosas, se aprobaron cambios a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que afectarán al régimen de asimilados a salarios.

Se aprobó una propuesta para reformar el artículo 94 del la Ley del ISR. Ahora, para que los ingresos obtenidos por las personas físicas puedan ser asimilados a salarios, su monto anual no deberá exceder de 75 millones de pesos.

Una vez superado el monto , deberán cambiar el régimen de tributación las siguientes personas físicas:

  • Las que reciban honorarios preponderantemente de un prestatario.
  • Las que reciban honorarios por la prestación de servicios personales independientes, obtenidos de personas morales o personas físicas con actividades empresariales, cuando se solicite al prestatario que asimile estos a salarios.
  • Las que reciban ingresos por actividades empresariales obtenidos de servicios personales independientes, obtenidos de personas morales o físicas con actividades empresariales.

Cuando los ingresos superen 75 millones de pesos, los contribuyentes deberán cambiar su régimen de tributación al Capítulo 2, Título IV, Ley del ISR a partir del mes siguiente. Además, deben comunicar por escrito a los prestatarios o a las personas que efectúen los pagos.

¿Cómo afectará el cambio a los contribuyentes?

Como explica Fiscalia, el cambio de régimen afectará la retención de ISR, impuesto al valor agregado (IVA), presentación de declaraciones y facturación.

ISR. Los contribuyentes pasarán de una retención de ISR de tarifas de salario a una tasa de 10% sobre monto de la contraprestación cuando el prestatario sea persona moral.

IVA. El contribuyente deberá causar el impuesto correspondiente; además, cuando se trate de prestación de servicios a personas morales, les retendrán dos terceras partes del impuesto.

Declaraciones. Ahora los contribuyentes tendrán que presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros mensualmente.

Mis Cuentas. Los que hagan el cambio no podrán utilizar la herramientas “Mis Cuentas” del SAT.

Facturación. Los contribuyentes tendrán que realizar facturas por ingresos desglosando impuestos trasladados y retenidos.

Estos cambios entrarán en vigor cuando se publiquen los cambios a la Ley del ISR.

¿Qué son los honorarios asimilados a salarios?

Es un régimen fiscal para personas físicas que prestan sus servicios profesionales a empresas o a otra persona física, de manera esporádica o temporal.

Por esta actividad reciben un pago y solo deben pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR), de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Una de las ventajas para quienes contratan trabajadores en este régimen es que solo realizan las retenciones correspondientes y no están obligados a solicitar recibos de honorarios, así como tampoco deberán realizar el cálculo del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

¿Evasión por asimilados a salarios?

En 2018, el entonces administrador central de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal del SAT del gobierno de Enrique Peña Nieto, informó en conferencia de prensa que habían detectado a 13 mil socios y/o accionistas, además de 600 mil empresas que evadían el pago de impuestos a través de la figura jurídica de asimilados a salarios.

Según el funcionario, con este esquema de evasión algunas compañías reales que operan en México, constituidas por socios y accionistas, utilizaban empresas fantasma para evitar el pago de impuestos del dinero que fluye de las empresas reales a sus socios.

Así, en lugar de que las empresas pagaran los impuestos correspondientes por sus utilidades, se subcontrataban servicios de empresas fantasma, las cuales a su vez volvían a subcontratar a otros proveedores, creando así diferentes niveles de subcontratación.

Al final, el dinero llegaba a los socios y accionistas sin el pago del impuesto que corresponde.

 

Con información de Fiscalia e IDC Online

https://www.fiscalia.com/publicaciones/14718

https://idconline.mx/fiscal-contable/2020/10/20/diputados-proponen-para-2021-tope-a-ingresos-en-asimilados-a-salarios

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Algunos asimilados a salarios también deberán habilitar su buzón tributario


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