El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Conoces alguna empresa facturera? Así puedes denunciarla

Hay un nuevo procedimiento para denunciar factureras para los terceros colaboradores fiscales.



Cómo denunciar factureras en línea
8 enero, 2020

El pasado 6 de enero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página oficial esta aplicación en la que podrás denunciar factureras, es decir, aquellas que emiten comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes.

Curso en línea

Al presentar un denuncia, aparece la siguiente aclaración:

Para presentar su denuncia, conforme al artículo 69-B Ter del CFF y su Regla, es necesario que proporcione la siguiente información:

1. El RFC del contribuyente denunciado.

2. El nombre, razón o denominación social del contribuyente denunciado.

3. Una descripción detallada de los hechos que denuncia, proporcionando las circunstancias de modo, tiempo y lugar. Se debe precisar la posición que ocupa el denunciado con relación a otros contribuyentes involucrados en el esquema de operaciones simuladas.

4. Su nombre completo.

5. Su número telefónico.

6. Dirección de correo electrónico.

7. El archivo electrónico que contenga la documentación relacionada con la información que proporciona, en el que ilustre el esquema de operación utilizado por el contribuyente que denuncia, indicando el número de folio asignado; a través de la dirección de correo [email protected] en un plazo no mayor a 5 días hábiles siguientes a aquél que registre su denuncia.

Recuerde que la información que proporcione deberá ser suficiente para acreditar, directa o indirectamente, la ausencia de activos, personal, infraestructura o capacidad material del contribuyente que se informa y que llevó a cabo la expedición, enajenación o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes.

En caso de que no adjunte la documentación, dentro del plazo señalado de 5 días hábiles, no se dará trámite a la información proporcionada. En ese caso deberá presentar nuevamente su denuncia.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

🚗 Piden bajar impuestos y subir límite de deducciones para impulsar sector automotriz

¿Qué es el tercero colaborador fiscal?

El artículo 69-B Ter del Código Fiscal de la Federación dice que las autoridades fiscales podrán recibir y emplear la información que proporcionen terceros colaboradores fiscales. Esto para dejar sin efecto los comprobantes fiscales de un contribuyente.

El mismo artículo define al tercero colaborador fiscal como alguien que no ha participado en la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, pero que cuenta con información relativa a contribuyentes que han incurrido en tales conductas y que voluntariamente proporciona a la autoridad fiscal la información de la que pueda disponer legalmente y que sea suficiente para acreditar dicha situación.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes),  y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¡Adiós a trabajar de pie! Avanza la”Ley Silla” para mejorar las condiciones laborales

El SAT recaudó el 65% del IVA de aduanas, al cierre de octubre de 2021

SAT anuncia medidas contra prácticas abusivas de importadoras asiáticas

¿Cómo se factura la venta de un paquete o kit de productos?

¿No pagaste tus impuestos a tiempo? Así ajusta el SAT tu deuda