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¿Cómo supervisa el SAT el cumplimiento de las obligaciones fiscales?

La fiscalización es todo acto que realiza el SAT para constatar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes



SAT emitirá guía para cumplimiento antilavado de notarios
(Imagen: El Contribuyente)
27 abril, 2023

La recaudación será muy importante para el Gobierno de México este 2023, por lo que puede ser que los contribuyentes se sientan más fiscalizados. Pero ¿cómo fiscaliza el Servicio de Administración Tributaria (SAT)?

La consultora fiscal de IDC Online, Victoria Osnaya, respondió a través de un video las principales preguntas sobre este tema, entre las que se encuentran las siguientes;

¿Qué es un acto de fiscalización del SAT?

Son todos aquellos actos llevados a cabo por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esto, con la finalidad de constatar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

¿Cuáles son los medios de fiscalización que utiliza el SAT?

Para poder constatar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, entre otros, la autoridad realiza los siguientes actos:

  • Revisiones de gabinete
  • Visitas domiciliarias
  • Revisiones electrónicas
  • Revisiones de dictámenes
  • Diversas revisiones, de declaraciones, de facturas, entre otras.

Cuando la autoridad me requiere información ¿significa el inicio de facultades de comprobación?

No. No siempre se va a considerar que las autoridades están ejerciendo sus facultades de comprobación, por el simple requerimiento de información, o cuando únicamente solicite datos, informes o documentos.

Sin embargo, la autoridad puede ejercer en cualquier momento sus facultades de comprobación, que están establecidas en el Artículo 42 del CFF.

¿Se pueden interponer medios de defensa en contra de los actos de fiscalización?

Cuando existen ciertas inconsistencias o se afecte el interés o la esfera jurídica del contribuyente, derivado de los actos de fiscalización de la autoridad, se pueden presentar los siguientes medios de defensa:

  • Recurso de revocación, que se presenta ante la propia autoridad fiscal
  • Juicio de nulidad, que se presenta ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)
  • Amparo indirecto, que se presenta si con el resultado de los medios anteriores el contribuyente no queda satisfecho. Este medio de defensa se presenta a través de los juzgados colegiados de circuito, que se encargan de emitir una resolución que debe poner fin al juicio de nulidad.

 

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