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La STPS vuelve a plantear cambios al Reglamento de inspecciones laborales

El Reglamento de Inspecciones continúa en revisión ante la Conamer para que se decida si el lapso para corregir irregularidades se reducirá de 90 a cinco días.



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El Contribuyente
15 junio, 2022

La Secretaría del Trabajo (STPS) decidió modificar el proyecto del Reglamento de Inspecciones para que las empresas tengan un plazo de 30 días para corregir irregularidades, en lugar de solo cinco que se habían planteado originalmente, de acuerdo con Reforma.

Actualmente, el marco regulatorio establece un lapso de 30 a 90 días para que las empresas corrijan incumplimientos y deficiencias identificadas durante una visita de la autoridad.

Continúa en revisión

El proyecto se encuentra en revisión ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para que se decida si el lapso se reducirá de 90 a cinco días, ya que, de acuerdo con la STPS, el esquema actual pone en riesgo a los trabajadores.

En su momento, la dependencia reconoció que la reducción de los plazos tendría un impacto económico para las empresas, debido a la premura de hacer las correcciones, sin embargo destacó que se han presentado accidentes que ponen en peligro la vida de los trabajadores por esperar la modificación de las irregularidades en los 90 días.

Como reportamos, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) advirtieron que la reducción del plazo y los cambios en el reglamento de inspección laboral podrían generar abusos y corrupción del personal que visite los centros de trabajo.

Por su parte, la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y el Acero (Canacero) advirtió a Reforma que,  incluso el plazo de 30 días concedido por la Secretaría del Trabajo, resulta insuficiente.

Así serían las modificaciones

Con la modificación que plantea la STPS, los empleadores sólo podrán tener una prórroga de hasta cinco días adicionales cuando se trate de una inspección de seguridad y salud en el trabajo, siempre y cuando el centro laboral justifique “que el origen de las deficiencias detectadas corresponda a causas ajenas”.

De acuerdo con El Economista, para el resto de las inspecciones, como las de condiciones generales o las de capacitación, los patrones contarán sólo con cinco días hábiles y sin prórroga, para formular observaciones y ofrecer pruebas en relación a los hechos consignados en el acta de la visita, de lo contrario podrán ser acreedores de sanciones y multas.

“El plazo anterior era muy largo y, en ocasiones, las sanciones aplicadas siempre se estaban litigando. Este tipo de hechos llegan a tardar hasta dos años sin que el patrón esté cumpliendo con las obligaciones”, explicó al diario Manuel Fuentes Muñiz, académico de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

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El especialista acotó que la integración de un cuerpo de inspectores no es sencilla, porque se requieren perfiles especializados en diversas áreas, pero es necesario capacitar a estos servidores públicos para un tiempo tan corto de respuesta por parte de las empresas.





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