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Infonavit responde preguntas frecuentes sobre el SISUB

Para aclarar algunas dudas de los negocios registrados en el REPSE, el Instituto respondió las preguntas frecuentes sobre el SISUB.



Preguntas frecuentes sobre el SISUB del Infonavit
(Imagen: El Contribuyente)
29 septiembre, 2021

El 2 de septiembre, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), presentó oficialmente el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB).

Se trata del sistema para que las empresas del registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE), puedan cargar de forma electrónica la información de sus contratos y cumplan con lo que establece la reforma al outsourcing.

Las personas físicas y morales que obtuvieron su registro en el REPSE, entre sus obligaciones, deben proporcionar al Infonavit la información de los contratos celebrados cada cuatrimestre.

Preguntas frecuentes sobre el SISUB

Para aclarar algunas dudas de los negocios registrados en el REPSE, entre otras, el Infonavit respondió las siguientes preguntas frecuentes sobre el SISUB:

¿El envío de la información se puede realizar desde cualquier Número de Registro Patronal (NRP)?

El envío de la información se debe de realizar mediante el NRP que haya establecido como principal o cuyo domicilio sea el mismo que el domicilio fiscal.

¿El envío de la información se presentará por cada NRP?

La información se presentará por RFC, por lo que el envío de la información se agrupará en un solo archivo todos los NRP que estén asociados al RFC.

¿Tengo uno o varios contratos con un mismo cliente y se utiliza por lo regular el mismo personal para los diferentes contratos, no hay problema que se repita la información por cada contrato?

La información debe presentarse de la misma forma que se manifiesta para efectos del sistema único de autodeterminación (SUA) o SIPARE, lo que corresponda, por lo que no debería haber trabajadores duplicados. Es muy importante realizar el llenado de los archivos respecto a cada trabajador de la forma correcta.

¿Si los contratos celebrados no cuentan con un número de folio, qué dato se debe de anotar?

En caso de no contar con número, se les solicitará adicionar el número cero (0).

Si existe un patrón que se registró en el REPSE, pero no tiene trabajadores que a la fecha estén prestando algún servicio especializado, ¿cómo se presentaría la información?

Por el momento se estará presentando un escrito mediante el cual se deberá informar, bajo protesta de decir verdad que no hay datos a reportar por no tener contratos celebrados, no obstante, en el transcurso del mes se habilitará un apartado para la presentación sin información.

En el detalle de trabajadores se solicita el domicilio del centro de trabajo, ¿cuál es el que se debe de señalar en caso de prestar en varios domicilios?

Se debe señalar el domicilio en el cual se localiza al trabajador físicamente. En caso de ser varios, se deberá de señalar el último del bimestre o en su caso el del beneficiario.

El beneficiario del servicio es extranjero, ¿qué RFC y domicilio debo señalar?

Deberá de señalar el RFC genérico, en caso de que no tenga establecimiento permanente, deberá poner el domicilio donde está su representación del país, o en su caso, el domicilio del centro de trabajo.

¿Toda la información debe presentarse de forma cuatrimestral?

La información que debe presentarse de forma cuatrimestral es la correspondiente a los contratos. La escritura constitutiva y el registro o folio del REPSE sólo será presentado por única ocasión, si estos no sufren modificaciones. En caso de que durante los siguientes cuatrimestres se realizaron nuevos contratos, estos deberán ser adjuntados.

Soy persona física, ¿qué debo señalar en los campos de escritura constitutiva?

En los datos se deberá señalar lo siguiente:

  • Número de escritura, se deberá señalar 0.
  • Administrador único, se deberá señalar el nombre de la persona física.
  • Nombre del notario, se señalará “noaplica”.
  • Número de notario, se señalará 0.

Puedes ver las preguntas frecuentes sobre el SISUB que publicó el Infonavit aquí / Fecha de publicación: Septiembre de 2021.


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