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Vinculan a proceso a funcionaria del SAT

Se le acusa del delito de uso indebido del servicio público.



24 junio, 2021

Esta semana, un juez de control vinculó a proceso a Hortensia de Lourdes “N”, jefa de la oficina Tezontle del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la colonia Infonavit Iztacalco.

De acuerdo con La Jornada, se le acusa del delito de uso indebido del servicio público. El diario explicó que la funcionaria habría utilizado su clave personal para alterar dos padrones de impuesto predial a favor de una misma persona. Las dos ocasiones pudieron haber tenido lugar en septiembre y octubre de 2017.

Uso indebido del servicio público

De acuerdo con el artículo 214 del Código Penal Federal, comete el delito de ejercicio ilícito de servicio público, el servidor público que:

I.- Ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales.

II.- Continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión después de saber que se ha revocado su nombramiento o que se le ha suspendido o destituido.

III.- Teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que pueden resultar gravemente afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública federal centralizada, organismos descentralizados, empresa de participación estatal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a éstas y fideicomisos públicos, de empresas productivas del Estado, de órganos constitucionales autónomos, del Congreso de la Unión o del Poder Judicial, por cualquier acto u omisión y no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.

IV.- Por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión.

V.- Por sí o por interpósita persona, cuando legalmente le sean requeridos, rinda informes en los que manifieste hechos o circunstancias falsos o niegue la verdad en todo o en parte sobre los mismos, y

VI.- Teniendo obligación por razones de empleo, cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, incumpliendo su deber, en cualquier forma propicie daño a las personas, o a los lugares, instalaciones u objetos, o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado.

Al que cometa alguno de los delitos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, se le impondrán de uno a tres años de prisión y de treinta a cien días multa.

Al infractor de las fracciones III, IV, V y VI se le impondrán de dos a siete años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa.

 

Con información de La Jornada 

https://www.jornada.com.mx/notas/2021/06/21/capital/vinculan-a-proceso-a-jefa-del-sat-en-iztacalco/

 

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