El Contribuyente
Síguenos
empty

Candidatos pueden perder derechos políticos por defraudación fiscal: Santiago Nieto

El funcionario hizo esta declaración en el marco del lanzamiento de un plan conjunto con el SAT para combatir el uso de recursos ilícitos en las campañas políticas.



16 marzo, 2021

En el marco de la presentación de la “Guía para la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita durante los procesos electorales”, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera, Santiago Nieto, dijo que en conjunción con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), auditarán a los candidatos políticos que consideren que podrían estar utilizando recursos de procedencia ilícita.

En la conferencia, en la que también participó la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, Nieto dijo que tienen el deber y la instrucción presidencial de presentar denuncias si detectan algún caso de corrupción.

“Puede ser el peculado electoral, podría ser el financiamiento ilícito de las campañas electorales, en términos del artículo 15 de la Ley General de Delitos Electorales. También podría ser defraudación fiscal y, por tanto, si encontráramos a una empresa que facturara operaciones simuladas que haya sido contratada por un partido político o candidato evidentemente daremos la información al Instituto Nacional Electoral cuando se requiera y presentaremos por otra vía las denuncias o las vistas, ya sea en materia fiscal, administrativa o materia penal, según corresponda”.

El funcionario explicó que estar al corriente de las obligaciones fiscales no es un requisito para que a un candidato se le reconozca un triunfo electoral, pero dijo que sí hay situaciones relacionadas que podrían implicar la pérdida de derechos políticos.

“Pero lo cierto es que sí hay una privación de los derechos políticos en razón de una sentencia ejecutoriada, o se encuentra una persona con un prófugo de la justicia por una orden de aprehensión en términos del artículo 38, fracción V de la Constitución, hay una suspensión de los derechos político-electorales. También el propio Tribunal Electoral ha señalado que en casos de violencia política en contra de las mujeres esto no reconoce el modo honesto de vivir, y por tanto la persona no puede ser candidato, candidata, en términos de la aplicación del artículo 34 de la Constitución, que establece los requisitos para ser ciudadano de esta república”.

¿Qué revisarán a los candidatos?

En un comunicado publicado de prensa publicado en conjunto por el SAT y la UIF, se explica que para determinar a qué candidato se revisará se usará un modelo de riesgo que tomará en cuenta las siguientes alertas:

  • Compra masiva de tarjetas prepagadas, tarjetas de servicios y criptomonedas por parte de personas precandidatas, candidatas, militantes partidistas, personas políticamente expuestas
  • Donaciones en las que el perfil de quien otorga el donativo no coincide con su capacidad económica
  • Empresas de reciente creación que realizan grandes volúmenes de operaciones
  • Aumento del número de operaciones de la o el cliente en el periodo electoral

La jefa del SAT aseguró que durante el periodo de elecciones, la dependencia que encabeza se rige por el secreto fiscal, por lo que en principio no tiene por qué compartir la información de los candidatos que no estén al corriente de sus obligaciones fiscales.

Sin embargo, explicó que los ciudadanos legalmente pueden hacer peticiones de información al respecto.

“Obviamente también estamos obligados a la transparencia. Entonces por portal de transparencia luego nos solicitan mucha información. De hecho muchos de ustedes solicitan información a través de transparencia. ¿Entonces en transparencia qué es lo que nosotros hacemos? Nosotros decidimos con base en la ley qué información es pública y qué información es privada. Cuando nosotros consideramos que una información es privada o reservada por alguna razón, dígase es un candidato, nosotros reservamos la información. O si es una empresa presumiblemente fantasma que está relacionada con un candidato, digamos, reservamos la información. Quien solicita la información tiene el derecho de volver a interponer un recurso y exigir que se le de la información si considera que  debería ser pública. Y entonces todo este tipo de solicitudes terminan en el INAI”, explicó la funcionaria.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Antonio Martínez Dagnino, ratificado al frente del SAT para fortalecer fiscalización y recaudación

¿Se le olvidó al SAT? Más de tres años sin publicar resoluciones favorables para los contribuyentes

Detectan problema para deducir pagos a través de intermediarios

¿Por qué los gastos pagados a través de intermediarios pueden ser no deducibles?

Prodecon pone en la mira al SAT: los trámites de fusión están ahogando a las empresas