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Casos en que el uso de cámaras en visitas domiciliarias no está protegido por el secreto fiscal

Aunque la propuesta de la Miscelánea Fiscal obliga al personal del SAT a seguir el secreto fiscal, hay algunos casos en los que esto podría cambiar.



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1 octubre, 2020

Una de las propuestas más controversiales de la Miscelánea Fiscal 2021 incluye reformar el artículo 44 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Actualmente, este numeral habla sobre las visitas domiciliarias del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Entre otras cosas, el artículo dice que los contribuyentes deben permitir el acceso al personal del SAT, y dejar a su disposición la contabilidad y documentos necesarios.

La nueva modificación propone que el personal del fisco pueda hacer uso de herramientas tecnológicas para recabar información. Esto incluye cámaras, grabadoras y celulares para grabar a los contribuyentes durante las visitas.

La propuesta también dice que el personal del SAT estará obligado a guardar absoluta reserva sobre declaraciones, datos suministrados por el contribuyente y sobre la información obtenida en la visita.

¿Qué implica el cambio?

La propuesta en sí contiene cambios en varios artículos del CFF:

  • Artículo 45. La autoridad podrá hacer uso de herramientas como cámaras fotográficas y de video, grabadoras, etc., para recabar información que sirva de constancia de los hechos encontrados en la visita.
  • Artículo 137. La autoridad podrá hacer uso de las mismas herramientas para recabar información que sirva como constancia de la notificación personal.
  • Artículo 69. El personal del SAT estará obligado a guardar reserva sobre la información recabada conforme el secreto fiscal. En este sentido, se propone que el secreto fiscal no aplique cuando “se realice una solicitud para la investigación de un hecho que la ley señale como delito, siempre y cuando la misma la efectúe el Ministerio Público y la Policía”.

¿En qué casos no aplica el secreto fiscal?

El problema es que se pueden desprender varios escenarios del último punto. Como señala Fiscalia, el secreto fiscal no aplicaría en estos supuestos:

  • Cuando deban suministrarse datos relacionados con la administración y de la defensa de los intereses fiscales federales.
  • Cuando deban suministrarse datos a las autoridades judiciales en procesos del orden penal o a los Tribunales competentes que conozcan de pensiones alimenticias.
  • En investigaciones sobre operaciones con recursos de procedencia ilícita.
  • Cuando la autoridad tenga que intercambiar información con la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud.
  • Cuando la autoridad tenga que intercambiar información con la Comisión Federal de Competencia Económica o el Instituto Federal de Telecomunicaciones para efecto de calcular el monto de las sanciones relativas a ingresos acumulables en términos del ISR.
  • Si el contribuyente no cumple con lo establecido en el artículo 26 de la Ley del IEPS.
  • Cuando la autoridad esté investigando sobre conductas en caso de terrorismo.

Especialistas piden delimitar la propuesta

El principal problema con la propuesta es que podría invadir la privacidad de los contribuyentes. En entrevista con El Economista, Karla Ortiz, integrante de la ANADE, dijo que la medida debe limitarse porque actualmente es muy amplia. Por ejemplo, no dice a qué se puede tomar fotos y video; además, no dice cómo se cuidará la información del contribuyente.

La iniciativa causó revuelo, pues fue señalada por algunos legisladores como un abuso por parte del gobierno. Sin embargo, en entrevista con Reforma, el especialista fiscal Guillermo Mendienta, socio de la firma Mendieta y Asociados, señala que estos medios ya se utilizaban desde hace al menos cinco años.

La diferencia radica en que actualmente esto sólo está regulado por el reglamento interno del SAT, por lo que su inclusión en la ley dotaría a los contribuyentes de más armas para defenderse en caso de que la autoridad se extralimite.

 

Con información de Fiscalia

https://www.fiscalia.com/publicaciones/14570

 

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