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Optimiza tu declaración anual: aprovecha las deducciones personales

Reduce tu carga fiscal en la Declaración Anual aprovechando las deducciones personales. 💡 Gastos médicos, educación, donativos y más



Consejos para cuidar las deducciones en la declaración anual de personas físicas 2020
(Imagen: El Contribuyente)
11 abril, 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invitó a los contribuyentes a optimizar su Declaración Anual de personas físicas aprovechando al máximo las deducciones personales permitidas por ley. Este beneficio fiscal no solo reduce la carga tributaria sino que también refleja un ahorro significativo al finalizar el ejercicio fiscal.

Condiciones para la deducción

Para que estas deducciones sean aplicables, es esencial contar con la factura electrónica correspondiente a cada gasto, demostrando que el pago se realizó a través de medios electrónicos como transferencia, tarjetas de crédito o débito, o cheque nominativo.

Gastos deducibles

En un comunicado, el SAT informó a los contribuyentes que pueden incluir una amplia variedad de gastos personales:

  • Gastos Médicos: Desde honorarios por servicios de salud hasta lentes ópticos graduados, limitados a 2,500 pesos.
  • Gastos Funerarios: Hasta el límite anual establecido por la UMA.
  • Donativos: Con límites de deducción específicos dependiendo de la entidad beneficiaria.
  • Educación: Colegiaturas desde preescolar hasta bachillerato, con topes máximos anuales.
  • Transporte Escolar: Cuando sea obligatorio o parte de la colegiatura.
  • Ahorro y Retiro: Aportaciones voluntarias a cuentas de retiro y planes personales de ahorro.
  • Seguros de Gastos Médicos y Créditos Hipotecarios: Pagos de primas y de intereses sobre créditos reconocidos.

Limitaciones

El monto total deducible, con excepciones específicas, no debe superar las cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o el 15% del total de los ingresos del contribuyente, tomando en cuenta la cifra que resulte menor.

Es importante destacar que aquellos contribuyentes que operaron bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) durante el ejercicio 2023 no son elegibles para aplicar estas deducciones personales.

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