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¿Cuándo considera el SAT que un domicilio está “no localizable”?

La verificación del domicilio puede ser sencilla o compleja para el contribuyente, dependiendo del área del SAT que realice la revisión, señalan especialistas



La autoridad del nuevo domicilio fiscal es la que debe cumplir la sentencia de nulidad: SCJN
(Imagen: El Contribuyente)
27 septiembre, 2023

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede considerar que el domicilio fiscal de un contribuyente está “no localizable”. Es decir, la dirección proporcionada por la persona física o moral no se puede encontrar o verificar.

De acuerdo con Jesús Guillermo Mendieta González, integrante de la Comisión Técnica de Auditoría Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, lo anterior puede suceder después de que la autoridad realice una verificación de domicilio fiscal.

Pero el especialista explicó que la verificación del domicilio puede ser sencilla o compleja para el contribuyente, dependiendo del área del SAT que realice la revisión.

En entrevista con El Contribuyente, Mendieta González dijo que la revisión la podrían hacer las áreas de Recaudación o de Auditoría:

Revisión del área de Recaudación del SAT

Si el área de Recaudación del SAT acude a verificar, un funcionario se presenta en el domicilio, y si hay alguien atendiendo generalmente pregunta lo siguiente:

  • ¿Aquí se encuentra la empresa ‘fulanita de tal’?
  • ¿Quién es el representante legal?

El contador indicó que con las respuestas a esas preguntas, puede ser suficiente para que la autoridad considere que el domicilio fiscal está “localizable” o “no localizable”.

Revisión del área de Auditoría del SAT

Pero señaló que si el área de Auditoría de SAT es la que acude a verificar, el procedimiento es más serio. Esto se debe a que el funcionario que acude al domicilio solicita más información. Entre las preguntas que hace, se encuentran las siguientes:

  • ¿Aquí se encuentra la empresa ‘fulanita de tal’?
  • ¿Está el representante legal o quién es el encargado del negocio?
  • ¿Quiénes son los miembros del consejo? Y hay que saberlo
  • ¿En dónde se encuentra la contabilidad? Y hay que tener un lugar destinado y tener la contabilidad de cinco años
  • ¿Cuál es el personal que está trabajando para la empresa? Y consulta con algunos empleados para confirmarlo
  • ¿Cuál es el espacio que utiliza la empresa?
  • ¿Cuáles son los activos de la empresa? Y puede pedir las balanzas para comprobar la información.

El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, dijo que una verificación de domicilio por parte de Auditoría del SAT, es más sería y se levanta un acta. Si el contribuyente no califica, la autoridad podría considerar que el domicilio fiscal está “no localizable”.

Dependiendo del caso, la autoridad fiscal podría regresar al domicilio anterior del contribuyente, o al último domicilio en el que se tenía la ubicación del contribuyente.

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