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Atención: el plazo para solicitar disminución de pagos provisionales está por vencer

Cuando las empresas tienen un inicio de año con menos ingresos, tienen la posibilidad de disminuir los pagos provisionales de ISR para el segundo semestre del año



El SAT corrigió la fecha límite de la solicitud para disminuir pagos provisionales
(Imagen: El Contribuyente)
5 julio, 2023

El Impuesto sobre la Renta (ISR) se causa de manera anual. Pero la ley establece que los contribuyentes deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta de dicho impuesto.

Para que dichos pagos mensuales tengan proporción con el impuesto anual, los pagos se determinan tomando en cuenta los resultados que tuvo la compañía el año anterior. Es decir, en 2023 se toman en cuenta los resultados de 2022.

Cuando las empresas tienen un inicio de año con menos ingresos, tienen la posibilidad de disminuir los pagos provisionales de ISR para el segundo semestre del año, ya sea para todos los meses del semestre o para algunos meses en particular. Esto lo establece el Artículo 14, en el inciso b) de su último párrafo, de la Ley del ISR.

De acuerdo con un texto publicado por Fiscalia, el Artículo 14 del Reglamento de la Ley del ISR regula las fechas de presentación, e indica que la solicitud ‘…se presentará un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir.

El texto indica que cuando sean varios los pagos provisionales cuya disminución se solicite, dicha solicitud se deberá presentar un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos’.

Fecha límite para solicitar la disminución de pagos provisionales

Lo anterior quiere decir que si se pretende disminuir el pago provisional de julio, la solicitud debe presentarse un mes antes de la fecha en que se deba presentar el entero de dicho pago provisional.

Si el 17 de agosto es la fecha máxima para hacer el pago provisional de julio, sería el 17 del propio mes de julio (un mes antes del pago) la fecha máxima para presentar la solicitud.

Si lo que se pretende es disminuir los pagos de todo el segundo semestre la solicitud deberá presentarse, siguiendo las instrucciones del formato oficial, a más tardar el día 17 de julio.

– Con información de Fiscalia.

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