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Pensionados deben presentan declaración anual si ganan más de $43,299 al mes

Las personas pensionadas que deben declarar impuestos también tienen derecho a realizar deducciones personales para obtener una devolución de ISR



10 abril, 2023

La declaración anual de las personas físicas se debe presentar en abril, pero las personas pensionadas, jubiladas o retiradas sólo presentan dicha declaración en algunos casos.

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) indica que los jubilados y pensionados deben presentar la declaración cuando se presenten las siguientes situaciones:

  • El monto de sus ingresos anuales supere los 400 mil pesos.
  • Si tienen dos o más ingresos por pensión, aunque sus ingresos no superen los 400 mil pesos.
  • Si además de percibir ingresos por pensión, obtiene ingresos por algún otro régimen como arrendamiento o por actividad empresarial.

Límite mensual para que pensionados no presenten declaración anual

Tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) señalan que las personas pensionadas están exentas de declarar impuestos, siempre y cuando el monto mensual no supere los 43 mil 299 pesos, según reporta El Financiero.

Es decir, que si recibes una pensión menor a esta cantidad al mes no tendrás que declarar impuestos, según estipula el SAT, quien señala que “dicha exención se aplica sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones”.

En la nota se indica que los beneficiarios de estas pensiones son los que entran en alguna de las siguientes modalidades del SAT:

  • Ingresos por jubilaciones.
  • Ingresos por pensiones.
  • Ingresos por haberes del retiro.
  • Pensiones vitalicias u otras formas de retiro.
  • Pensiones provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro del ISSSTE.

¿Qué pasa si eres pensionado y debes pagar impuestos?

El SAT explica que en este caso el ISR aplica de manera distinta que en las personas físicas no pensionadas ni jubiladas. Esto se debe a que “se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe un ingreso por estos conceptos de 50 mil pesos al mes, de principio está exento por 43 mil 299 pesos al mes, y sólo se pagará ISR por 6 mil 701 pesos”.

Además, El Financiero indicó que la dependencia señala que las personas pensionadas que deben declarar impuestos también tienen derecho a realizar deducciones personales.

– Con información de El Financiero.

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