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¿Cuál puede ser el domicilio fiscal de un trabajador ante el SAT?

El domicilio fiscal de un trabajador se debe proporcionar al SAT, debido a los cambios fiscales para 2022.



La autoridad del nuevo domicilio fiscal es la que debe cumplir la sentencia de nulidad: SCJN
(Imagen: El Contribuyente)
20 abril, 2022

El 1 de enero entró en vigor la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), pero su uso obligatorio iniciará el 1 de julio. Mientras tanto, los contribuyentes pueden seguir emitiendo el CFDI 3.3.

Entre los cambios más importantes de la nueva versión del CFDI está la obligatoriedad del nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del receptor.

En el caso de los recibos de nómina, los trabajadores deben proporcionar a su empleador su Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como nombre completo y código postal de su domicilio fiscal registrado ante el SAT.

¿Cuál es el domicilio fiscal de un trabajador?

En este contexto, Fiscalia publicó un texto en el que analiza cuál es el domicilio para fines fiscales de un trabajador.

En el análisis se indica que anteriormente el SAT otorgó o rechazó devoluciones automáticas dependiendo si los contribuyentes se encontraron localizados o no. En su momento, la autoridad aclaró que esto se debió a un error del sistema, y que reprocesarían las devoluciones rechazadas.

Pero Fiscalia recordó que el tema generó inquietudes entre los contribuyentes. Por eso, es conveniente revisarlo, sobre todo ahora que el domicilio del trabajador, en específico su código postal, es un requisito del comprobante de nómina.

Domicilio fiscal de trabajador

En el análisis se explica que el artículo 10 del Código Fiscal de la Federación (CFF), en su fracción I, establece que el domicilio fiscal de un trabajador puede ser:

  • El local que utilicen para el desempeño de sus actividades.
  • Si no cuenta con un local para realizar sus actividades, será su casa habitación.

Problema en la práctica

Sin embargo, Fiscalia señaló que en en la práctica existe un problema, porque cuando un trabajador realiza su trámite de registro en el RFC proporciona un domicilio, pero cuando los patrones tramitan el alta masiva de trabajadores a través de la aplicación electrónica en el portal de internet del SAT, el dato del domicilio fiscal no se incluye como parte de los datos que el patrón presenta.

En este sentido, se tiene que puede haber trabajadores registrados en el RFC sin un domicilio fiscal.

Para aquellos que se registraron de manera individual, debieron indicar algún domicilio fiscal que puede ser, como se indicó, el del centro de trabajo o el domicilio propio.

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