El Contribuyente
Síguenos
empty

Régimen de Confianza es el “anzuelo” del SAT para atraer contribuyentes

Raquel Buenrostro declaró que la intención del Régimen Simplificado de Confianza no es recaudatoria, aunque sí aumentará en 30% el número de contribuyentes.



El Contribuyente
13 septiembre, 2021

El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Rogelio Ramírez de la O, entregó la semana pasada el Paquete Económico 2022 a la Cámara de Diputados.

El funcionario dijo que la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (ILIF), que forma parte del Paquete Económico 2022, cuenta con elementos que la hacen distinta a las anteriores.

En primer lugar, indicó que no se incrementan ni se crean nuevos impuestos, siguiendo la postura del presidente Andrés Manuel López Obrador.

En segundo lugar, señaló que la Miscelánea Fiscal, que acompaña a la ILIF, se enfoca en medidas de simplificación y facilitación del pago por parte de los contribuyentes. Esto se sintetiza en un nuevo “régimen de confianza”, que sustituirá a los regímenes especiales.

¿Cómo funciona?

Estos son los puntos más importantes:

  • Se llamará Régimen Simplificado de Confianza.
  • Las personas físicas con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año podrá acceder a él. De acuerdo con la SHCP, hay cerca de 10 millones de personas físicas con actividad empresarial elegibles para el régimen.
  • Para personas morales, el límite es de 35 millones de pesos al año.

Hasta 30% más de contribuyentes

Raquel Buenrostro, jefa del SAT, dijo que se espera aumentar el número de contribuyentes entre 15% y 30% por el nuevo régimen.

Este cálculo se basa en lo visto en otros países que han adoptado políticas similares. La funcionaria también dijo que la intención no es recaudatoria, sino simplificar los procesos de pago de impuestos y lograr que el ISR sea progresivo.

Por otro lado, la jefa del SAT señaló que el régimen podría beneficiar a 96% de las empresas del país. En México, más del 99% de los establecimientos son micro, pequeños y medianos negocios; además, el SAT tiene un registro de por lo menos 2.1 millones de empresas con ingresos menores a 35 millones de pesos.
De acuerdo con Buenrostro, todos estos negocios se pueden beneficiar del Régimen Simplificado de Confianza.

Para personas físicas

La ventaja principal es que habrá tasas impositivas mínimas según los ingresos de cada contribuyente.

Así, la tasa mínima es de 1% cuando los ingresos anuales sean menores a 300 mil pesos; por otro lado, la máxima será de 2.5% para ingresos entre 2,5 y 3.5 millones de pesos al año.

Otro beneficio es que todas las facturas de este régimen participarán automáticamente en el sorteo del Buen Fin del SAT.

Por último, no deberán presentar declaraciones informativas ni contabilidad electrónica, ya que todo se hará automáticamente.

Para personas morales

El régimen contará con un esquema de deducción de inversiones a corto plazo. La deducción dependerá del tipo de bien y del monto invertido.

También se les permitiría la acumulación de ingresos y deducción de las erogaciones hasta que éstos efectivamente se perciban y se paguen, con el fin de apegarse a los flujos de efectivo de los contribuyentes.

Al igual que con personas físicas, la información de los CFDI se subirá automáticamente a las plataformas del SAT. Así, será más fácil y rápido cumplir con las declaraciones provisionales y anuales.

Con la creación de este régimen se eliminaría el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), así como el de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras. Si se aprueba, los contribuyentes en estos regímenes pasarán al nuevo automáticamente.

 

Con información de Reforma y Forbes

https://www.reforma.com/preve-sat-hasta-30-mas-de-contribuyentes/ar2255648

https://www.forbes.com.mx/sat-96-empresas-cambio-regimen-impuestos-confianza/

 

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Oficinas del SAT en Acapulco y Chilpancingo abren sus puertas tras sismo


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
El régimen de plataformas no aplica a comercios electrónicos propios

¿Qué ‘Uso del CFDI’ pueden usar las personas físicas, según su régimen?

El SAT amplía horarios para apoyar en Declaración Anual

Así debes documentar los traspasos entre cuentas bancarias propias

Consejos para evitar el rechazo de devoluciones de IVA en operaciones de aparcería