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Estos son los requisitos para registrarse en el padrón de empresas de outsourcing

Las empresas deberán especificar cuál es la actividad especializada que presta, conforme al catálogo de actividades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).



13 mayo, 2021

Tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del paquete de reformas al outsourcing o subcontratación laboral, la autoridad deberá tener en funcionamiento a más tardar el 24 de mayo el portal en el que estará ubicado el padrón.

Hace unos días, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) publicó el anteproyecto del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios u obras especializadas.

El anteproyecto de acuerdo con los lineamientos de operación del padrón en el que tendrán que registrarse las empresas que presten servicios especializados, que es uno de los requisitos para que este tipo de organizaciones puedan operar.

Las empresas deberán especificar cuál es la actividad especializada que presta, conforme al catálogo de actividades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). A continuación enumeramos todos los requisitos.

Requisitos para registrarse en el padrón

  • Firma electrónica vigente;
  • Nombre, denominación o razón social en caso de ser persona moral; o apellido paterno, materno y nombre(s) en caso de ser persona física;
  • Nombre comercial;
  • Entidad Federativa;
  • RFC;
  • Domicilio completo;
  • Geolocalización;
  • Teléfonos celulares, fijos y correos electrónicos;
  • Número del acta constitutiva de la empresa con los datos de identificación del notario o corredor público que la expidió, fecha de su protocolización y objeto social (en caso de ser persona moral);
  • Registro patronal ante el IMSS;
  • Datos del representante legal de la empresa de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas;
  • Afiliación ante el Infonavit.
  • Número total de trabajadores al momento de la solicitud de registro desglosados por género.
  • Actividad económica especializada conforme al “Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riegos de trabajo” del Instituto Mexicano del Seguro Social contenido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización;
  • Actividad o actividades que desea ser registrada en el padrón, y
  • Actividad económica preponderante.

Esta información debe tomarse como previa hasta que la Secretaría del Trabajo no la publique por sus canales oficiales.


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