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¿Es ilegal que revisen mis redes sociales y antecedentes penales para contratarme?

Muchas empresas suelen verificar las redes sociales, los antecedentes penales y hasta la situación en el Buró de Crédito de sus candidatos.



persona revisando su celular
5 marzo, 2020

En algunos puestos de trabajo, los empleadores investigan a fondo los perfiles en redes sociales, los antecedentes penales del candidato y hasta su situación ante Buró de Crédito para asegurarse de elegir al mejor, o para verificar la información que dicen en la entrevista.

Una de las incógnitas de esta cuestión es si estas prácticas no van contra la privacidad de los aspirantes al empleo.

El experto Eduardo Peralta Olmedo, especialista en derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en entrevista para Forbes México dijo que las empresas que realizan esta actividad de investigar los perfiles en redes sociales no están incumpliendo ninguna norma.

Según Peralta Olmedo, no hay ninguna ilegalidad, pues las redes sociales son espacios públicos y de libre acceso y los antecedentes penales son información pública a la que los empleadores pueden acceder.

Destacó que las empresas constituidas legalmente en el país pueden tener los datos personales de los candidatos, siempre que los usen conforme a la Ley de la Transparencia: pueden usar la información, pero evitando que los dueños sean molestados en el futuro.

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SCJN declara inconstitucionales leyes que requieren carta de antecedentes penales para contratar

El especialista explica que hay situaciones en las que es importante pedir los antecedentes penales, un ejemplo es cuando un solicitante quiere un puesto en finanzas pero estuvo presa por el delito de fraude. En estos casos, a menos que sea auxiliar o tenga la supervisión de una persona, dados los antecedentes, puede haber desconfianza.

Sin embargo, si la persona que cometió un delito quiere reinsertarse laboralmente, puede hacerlo, como lo indica el artículo 5 de la Constitución:

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

La SCJN declaró inconstitucional que leyes locales pidan carta de antecedentes penales

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales diversas leyes locales que pedían la carta de antecedentes penales como requisito para ocupar algunos puestos. Sin embargo, esta declaración no atañe a la iniciativa privada, ni expresamente a las leyes federales que pudieran tener el mismo requisito.

Las redes sociales más consultadas por los empleadores

En el estudio por la empresa Infojobs (Bolsa de empleo privado online, solamente tiene participación en España, Italia y Brasil) investigan a los candidatos antes de decidir contratarlos. Las redes social más consultadas son: con 84% Facebook, 79% Linkedin, 49% instagram, 36% Twitter.

Según el informe las empresas españolas el 22% de las empresas han rechazado a los candidatos después de revisar sus publicaciones en redes sociales. 

Al indagar en sus redes sociales los reclutadores pueden percatarse de incoherencias entre lo que dicen en la entrevista y lo que publican en sus redes. Algunas de las cosas por las que rechazan a los candidatos son: faltas de ortografía en sus publicaciones, incoherencias entre la entrevista y sus redes sociales, fotos publicadas, faltar al respeto a otros usuarios, o hablar mal de su anteriores trabajos.


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