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Estrés laboral podría incluirse en tabla de enfermedades del trabajo

Según la iniciativa “existe una clara y definitiva relación entre quienes tienen empleos demandantes, y con poco control sobre ellos, y la posibilidad de sufrir un infarto cerebral“. La probabilidad, dice, podría ser de hasta el 58%.



Foto: Shutterstock
11 febrero, 2020

El congreso de la Ciudad de México presentó una iniciativa para agregar el estrés laboral a la lista de enfermedades del trabajo, que está en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Como se trata de una reforma a una ley federal, la iniciativa fue turnada al poder legislativo federal, a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Según la iniciativa “existe una clara y definitiva relación entre quienes tienen empleos demandantes, y con poco control sobre ellos, y la posibilidad de sufrir un infarto cerebral“. La probabilidad, dice, podría ser de hasta el 58%.

Así mismo la iniciativa también busca que sea obligatorio que las empresas cumplan con la Norma Oficial 035 (NOM 35). 

El pleno del congreso capitalino aprobó llevar la iniciativa al Palacio Legislativo de San Lázaro (sede oficial de la Cámara de Diputados) el 13 de diciembre 2019, la iniciativa propone modificar una ley federal, y esta última cámara es la facultada. El 6 de febrero la minuta fue recibida y turnada a la comisión de trabajo y previsión social.

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Las multas por no cumplir con la NOM 35

Puntos importantes de la iniciativa del estrés laboral

La iniciativa de modificar la LFT propone agregar a la tabla de enfermedades el estrés laboral, multar a las empresas que no atiendan a los trabajadores que lo padecen y renovar la lista de incapacidades permanentes por riesgo de trabajo. 

Las multas para las empresas van de 250 a 5,000 unidades de medida y actualización (UMA); es decir, multas de 434,000 mil pesos.

De aprobarse, los trabajadores tendrían que ser evaluados por un médico especialista para ver si tienen estrés laboral,utilizando la escala de estrés laboral de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y de la organización Mundial de la Salud (OMS). 

En el caso de que un empleado lo padezca, se le debería otorgar una incapacidad laboral hasta que se recupere por completo.

Con información de Factor Capital Humano


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