El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Cuáles son los requisitos para ser donataria autorizada?

Se trata del criterio normativos 67/ISR/N Autorización. Requisitos para ser donataria autorizada, contenido en el Anexo 7. Compilación de criterios normativos.



El SAT publica criterio sobre los requisitos para ser donataria autorizada
(Imagen: Shutterstock)
21 enero, 2020

El 9 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el Anexo 7. Compilación de criterios normativos, de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020. El documento se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y tiene dos nuevos criterios normativos.

¿Cuáles son los requisitos para ser donataria autorizada?

Uno de los criterios normativos nuevos es el 67/ISR/N Autorización. Requisitos para ser donataria autorizada. El criterio agrupa una serie de requisitos para que las personas morales con fines no lucrativos puedan ser consideradas instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles. Aquí los requisitos:

Realizar exclusivamente la actividad de su objeto social

Las personas morales con fines no lucrativos, deberán realizar exclusivamente la actividad de su objeto social para ser consideradas instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles. [Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) 82, fracción I].

La actividad de su objeto social a su vez se tiene que ubicar en alguno de los supuestos establecidos. [Ley del ISR 79, fracciones VI, X, XI, XII, XVII, XIX, XX y XXV, 82, penúltimo párrafo y 84, así como 36, segundo párrafo y 134 de su Reglamento].

Es decir, las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles tendrán que llevar a cabo sólo alguna de las siguientes actividades:

  • De investigación científica o tecnológica
  • Asistencial
  • De preservación de especies en peligro de extinción
  • Educativa
  • De obras o servicios públicos
  • Cultural
  • De desarrollo social
  • Ecológica
  • De apoyo económico
  • Becante
  • De museos y bibliotecas privados o
  • De escuela empresa

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

¿Cómo puedo deducir mis donativos?

Destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social

Las personas morales con fines no lucrativos deberán destinar sus activos exclusivamente a los fines propios de su objeto social. [Ley del ISR 82, fracción IV].

Sólo puede destinan su remanente a donatarias o al pago de servicios

Las instituciones autorizadas para recibir donativos no pueden otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a ninguna persona física ni a ninguno de sus integrantes personas físicas o morales. Sólo si se trata, en este último caso, de alguna de las personas morales o fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos. El remanente también puede utilizarse para la remuneración de servicios efectivamente recibidos. [Ley del ISR 82, fracción IV].

Destinar su patrimonio a otras donatarias

La totalidad de su patrimonio deberá destinarse a otras entidades autorizadas, para recibir donativos deducibles, al momento de su liquidación o cambio de residencia para efectos fiscales. [Ley del ISR 82, fracción V].

El objeto social es el contenido en el oficio de autorización de la autoridad

El objeto social o fin autorizados corresponde a la actividad que la autoridad fiscal constató como un supuesto susceptible de ser autorizado. El oficio de autorización correspondiente indica la actividad.

Pueden establecer actividades distintas pero sin fines lucrativos

Las personas morales con fines no lucrativos o fideicomisos pueden establecer actividades susceptibles de ser autorizadas, como otras no relacionadas con dicha finalidad. Esto en los estatutos sociales o contrato de fideicomiso respectivo. Esto no impide obtener la autorización. Pero dichas actividades no deben tener fines económicos y se tienen que realizar exclusivamente para alcanzar el objeto social autorizado.

Las organizaciones civiles y fideicomisos podrán obtener autorización para recibir donativos deducibles. Pero siempre y cuando no realicen ningún acto o actividad que contravenga la naturaleza sin fines económicos de las donatarias autorizadas. O las disposiciones legales aplicables al régimen de donatarias autorizadas.

Puedes ver completo el criterio normativo 67/ISR/N Autorización. Requisitos para ser donataria autorizada aquí / Fecha de publicación: 9 de enero de 2020.


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia comercial, fiscal y laboral), la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
Los bancos deben pagar intereses si tardan en restituir cargos no reconocidos a tarjeta de débito

No procede el amparo por negativa de banco para abrir cuenta bancaria

La presunción de legalidad del dictamen de estados financieros no es absoluta

¿Cuándo se debe presentar el dictamen de estados financieros del ejercicio 2023?

Hacienda ajustará anualmente el subsidio al empleo

Mejora la rentabilidad de la fiscalización del SAT