Durante más de dos décadas, las personas empleadoras podían acreditarse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) mediante un certificado digital emitido por el propio Instituto, vinculado al Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE).
Ese mecanismo desaparece. A partir de la entrada en vigor del Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, la e.firma emitida por el SAT será el único certificado digital válido para realizar movimientos afiliatorios y vincular representantes legales ante el Instituto.
Qué se elimina y qué lo sustituye
El Consejo Técnico del IMSS aprobó la derogación del uso del NPIE y de su certificado digital expedido por el Instituto para realizar actos ante el mismo.
En su lugar, se aprueba el uso exclusivo de la Firma Electrónica Avanzada, cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria, en los actos que realicen las personas empleadoras o sujetos obligados cuando opten por medios de comunicación electrónicos.
Firmar con la e.firma producirá los mismos efectos legales que los documentos presentados con firma autógrafa y tendrá el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan.
Como parte de este cambio, el Consejo Técnico también dejó sin efectos los Acuerdos 43/2004 y 533/2006, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2004 y el 7 de marzo de 2007, respectivamente, que regulaban el esquema anterior.
Cronología del cambio
| Fecha | Etapa |
|---|---|
| 29 de junio de 2026 | Celebración por parte del H. Consejo Técnico del IMSS |
| 16 de julio de 2026 | Publicación en el Diario Oficial de la Federación |
| 15 de octubre de 2026 | Entrada en vigor |
El acuerdo otorga un periodo de transición de 90 días naturales, contados a partir de su publicación en el DOF, para que las personas empleadoras o sujetos obligados migren al uso exclusivo de la e.firma.
La vinculación de representantes cambia de vía
Otro efecto del acuerdo es que la designación de un representante legal, administrador o cualquier persona autorizada para actuar a nombre de un patrón ya no podrá realizarse por los mecanismos anteriores.
Ahora deberá hacerse exclusivamente por medio del Escritorio Virtual, donde el representante se autentica con su e.firma y firma conjuntamente con la persona representada, ambos mediante el uso de su propia e.firma.
Cómo se realiza ahora el trámite
El procedimiento es 100% en línea y se realiza únicamente a través del Escritorio Virtual, siguiendo cinco pasos:
- Uso de e.firma: tanto la persona empleadora (física o moral) como el futuro representante legal deben contar con su e.firma vigente, emitida por el SAT.
- Autenticación: el representante legal debe ingresar al Escritorio Virtual utilizando su propia e.firma.
- Elegir el trámite de Alta de empresa representada: desde el portal personal, ir a la sección "Mis empresas representadas", seleccionar "Alta de Empresa representada" e ingresar los datos de la futura representada.
- Vinculación y firma conjunta: el sistema requiere que el acto sea firmado conjuntamente por el representante y la persona representada para validar el movimiento.
- Validez legal: una vez completado el proceso, los actos que realice el representante a nombre de la empresa producirán los mismos efectos que las firmas autógrafas.
Este procedimiento permite habilitar a un tercero para actuar a nombre de la empresa sin tener que acudir a una ventanilla subdelegacional.
Cómo ingresar al Escritorio Virtual
El acceso puede localizarse desde el portal del IMSS, en el apartado "Patrones o Empresas", donde se ingresa a la opción "Escritorio virtual". También puede accederse desde la liga serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal.
Para ingresar es necesario contar con la e.firma vigente del representante o patrón, crear una cuenta validando CURP y aceptar términos y condiciones. Al finalizar, el sistema pedirá esperar 30 minutos antes de poder ingresar.
Documentos que solicitará el sistema
Durante el trámite se ingresa el RFC de la empresa a representar y se identifica el tipo de persona, física o moral.
El sistema solicitará tener a la mano la imagen del poder recibido por la empresa, específicamente la última hoja del poder notarial y la carátula donde aparezca el nombre del representante.
Los documentos deben adjuntarse en formato PDF, con un tamaño máximo de 1024 KB por archivo, además de contar con la e.firma del SAT de la empresa.
Posteriormente, el sistema pedirá seleccionar el tipo de poder otorgado, que puede ser de Administración, Dominio o Firmar Documentos ante el IMSS. Al seleccionar "Finalizar trámite" del menú "Acciones" se presentará la Carta de Términos y Condiciones, que deberá aceptarse.
Por último, el sistema solicitará la e.firma con el certificado del representante legal para concluir el trámite. Una vez terminado, el portal personal mostrará la nueva empresa en la sección "Empresas representadas", donde se visualizará el RFC correspondiente.
Por qué el IMSS hizo el cambio
De acuerdo con el Instituto, migrar a un único mecanismo de autenticación reconocido por la Administración Pública Federal simplifica los trámites electrónicos y ofrece una autenticación más robusta sobre la identidad de quien realiza los movimientos afiliatorios.
El IMSS señala que la medida reduce riesgos de suplantación de identidad y de movimientos apócrifos, además de fortalecer la transparencia y la seguridad jurídica de los actos electrónicos.
También indica que protege los derechos de las personas trabajadoras y las finanzas institucionales, al disminuir la posibilidad de altas y movimientos afiliatorios no reconocidos por los patrones o sujetos obligados.
Dónde reportar incidencias
El IMSS pone a disposición la línea 800 6 23 23 23 y el apartado de Contacto Ciudadano en su portal para atender dudas relacionadas con estos trámites.
En caso de presentarse un error dentro del Escritorio Virtual o del IDSE, el Instituto cuenta con un formulario de correo electrónico donde se debe proporcionar información como el RFC, registro patronal, CURP, identificación oficial, captura de pantalla con el número de folio del trámite y una descripción detallada de la incidencia.