El 22 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley Federal de Cine y el Audiovisual, que sustituye a la anterior Ley Federal de Cinematografía. La legislación no crea nuevos impuestos ni modifica contribuciones existentes, pero sí establece una base legal más clara para otorgar estímulos fiscales, apoyos económicos y facilidades a productores, exhibidores y plataformas digitales que participen en el sector audiovisual mexicano.

El alcance real de esos beneficios todavía no está definido. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Instituto Mexicano de Cinematografía (IMCINE) serán los encargados de publicar los lineamientos específicos sobre montos, criterios y condiciones de acceso.

Quiénes podrían acceder a estímulos fiscales

La ley reconoce formalmente la posibilidad de otorgar apoyos y estímulos a distintos participantes de la cadena audiovisual. Los sectores contemplados son:

  • Productores audiovisuales de cine, series y documentales.
  • Distribuidoras de contenido cinematográfico.
  • Exhibidores de cine, tanto complejos comerciales como espacios independientes.
  • Empresas de doblaje y subtitulaje.
  • Proyectos de preservación cinematográfica.
  • Desarrolladores de contenido audiovisual.
  • Iniciativas de accesibilidad y producción en lenguas indígenas.

La ley también contempla apoyos para investigación, innovación y formación cinematográfica. Sin embargo, acceder a esos beneficios no será automático: los criterios de elegibilidad y los montos disponibles dependerán de las reglas que emita Hacienda, cuya publicación aún está pendiente.

Salas de cine y espacios independientes: el requisito del 30%

La legislación incluye un apartado específico para exhibidores nacionales. Las salas de cine, complejos cinematográficos y espacios alternativos de exhibición que inviertan en equipamiento o modernización podrán acceder a estímulos, con una condición: destinar al menos el 30% de su programación a producciones nacionales.

Ese umbral puede beneficiar especialmente a cines independientes, espacios culturales y circuitos alternativos de exhibición, que históricamente han tenido mayor disposición a programar cine mexicano fuera de los grandes complejos comerciales. Para los exhibidores que ya cumplen ese porcentaje, la nueva ley abre una vía de acceso a apoyos que antes no existía con este respaldo legal.

Plataformas digitales: sin nuevos impuestos, pero con más obligaciones

Los servicios de video bajo demanda que operan en México también quedan alcanzados por la nueva ley. Las obligaciones que se les imponen son de carácter operativo y de accesibilidad, no fiscal:

  • Ofrecer subtítulos y doblaje en sus contenidos.
  • Incluir herramientas de accesibilidad para personas con discapacidad.
  • Facilitar el acceso a producciones nacionales.
  • Mantener espacios visibles para cine y contenido mexicano dentro de sus plataformas.

La ley no establece un impuesto especial para plataformas digitales, pero el cumplimiento de estas disposiciones puede generar costos operativos adicionales que cada plataforma deberá absorber en su estructura.

Facilidades aduaneras para producciones en México

Otro cambio relevante es que las autoridades aduaneras podrán agilizar los procesos de importación temporal o definitiva de equipo cinematográfico utilizado en producciones nacionales y extranjeras realizadas en territorio mexicano. La medida busca facilitar filmaciones y proyectos audiovisuales en el país.

Conviene precisar que esta facilidad no implica exención de impuestos de importación ni de IVA. Se trata de una simplificación de trámites, no de un beneficio fiscal directo sobre el equipo importado.

Las multas que también contempla la ley

La nueva legislación no solo establece beneficios: también fija sanciones económicas para quienes incumplan disposiciones en materia de clasificación de contenido, preservación de obras, accesibilidad, autorizaciones y exhibición audiovisual. Las multas se calcularán en UMA y pueden afectar económicamente a empresas y proyectos del sector que no cumplan con las obligaciones previstas.

Qué falta para que los beneficios sean reales

La publicación de la ley establece el marco, pero no activa los beneficios de forma inmediata. Para que los estímulos fiscales sean operativos, Hacienda debe publicar las reglas que definan montos, criterios de elegibilidad y condiciones de acceso. Hasta que esos lineamientos existan, la industria audiovisual tiene un respaldo legal más sólido que antes, pero sin certeza sobre cuánto apoyo recibirá ni bajo qué condiciones.

Para productoras, salas de cine y empresas del sector, el paso inmediato es mantenerse atentas a las publicaciones de SHCP e IMCINE en los próximos meses, documentar su actividad y cumplimiento de los requisitos que ya establece la ley —como el porcentaje de programación nacional para exhibidores—, y evaluar si su estructura fiscal y operativa está en condiciones de aprovechar los estímulos cuando las reglas específicas estén disponibles.