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Conoce las fallas que resolvió el SAT de la declaración anual de personas morales

La autoridad informó sobre la solución a distintas situaciones y problemáticas, para el cumplimiento de declaraciones anuales y pagos provisionales



3 abril, 2023

El 21 de marzo de 2023, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó una prórroga para la declaración anual de personas morales, debido a las intermitencias en la plataforma de la página web del fisco.

Pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) negó la prórroga a través del oficio 400 01 00 00 00 2023-0397. Así que la fecha límite para la presentación de la declaración anual de personas morales será hoy 3 de abril de 2023.

De acuerdo con una nota publicada por Fiscalia, el SAT informó en el oficio sobre la solución a distintas situaciones y problemáticas, para el cumplimiento de declaraciones anuales y pagos provisionales.

Fiscalia indica que parte de lo que expuso la autoridad fiscal en su comunicado fue lo siguiente:

1. Falla en la actualización de la información precargada en la declaración anual de personas morales del régimen general y RESICO personas morales, ya que el aplicativo no reconoce las últimas declaraciones presentadas, por lo que no se precargan los ingresos acumulables y los pagos efectuados, de normales o complementarias.

El SAT informa que esta problemática ya fue solventada desde el 24 de marzo, por lo que, si se siguen presentando problemas, nos solicitan que se proporcionen capturas de pantalla secuenciales y legibles, a partir de que se ingresa al portal del SAT, hasta el momento en que se presente la inconsistencia, donde se visualice el RFC, liga o URL, fecha, hora de ingreso y navegador utilizado, mismas que no deberán tener una antigüedad mayor a 10 días de la fecha del envío.

2. Pérdidas fiscales pendientes de amortizar sin reflejarse en el aplicativo, para personas morales que en 2021 tributaron con la opción de acumulación de ingresos, Capítulo VIII del Título VII de la Ley del ISR hasta 2021 (Flujo de Efectivo) y que a partir de 2022 tributan como Régimen Simplificado de Confianza para personas morales, no reconoce el aplicativo el remanente de las pérdidas fiscales de 2021 y ejercicios anteriores, inclusive si se presentó complementaria de la anual 2021.

Se informa por parte del SAT que, la problemática se encuentra identificada, y que al 30 de marzo, el aplicativo de la declaración anual ya precarga la información de estas pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar.

3. Problemática con el aplicativo de declaraciones y pagos del mes de febrero 2023, el aplicativo “DyP” de PERSONAS MORALES, para el ISR, no está acumulando los ingresos ni los pagos efectuados de periodos anteriores.

El SAT informa que esta problemática ya fue solventada desde el 24 de marzo, por lo que, si se siguen presentando problemas, nos solicitan que se proporcionen capturas de pantalla secuenciales y legibles, a partir de que se ingresa al portal del SAT, hasta el momento en que se presente la inconsistencia, donde se visualice el RFC, liga o URL, fecha, hora de ingreso y navegador utilizado, mismas que no deberán tener una antigüedad mayor a 10 días de la fecha del envío.

4. Aplicativo declaración anual, en el estado de resultados, dentro del apartado “Resultado integral atribuible a:”, se debe señalar forzosamente ‘PARTICIPACIÓN CONTROLADORA O PARTICIPACIÓN NO CONTROLADORA’, aun cuando no se tenga tal característica, de lo contrario no te permite avanzar.

Se recomendó por parte del SAT que, en el campo “Resultado integral atribuible a:”, se capture el monto correspondiente a “Participación controladora” o “Participación no controladora”, según corresponda, mismo que debe coincidir con el importe manifestado en “Resultado Integral”, y en el caso de que no se cuente con la característica de: “Participación controladora” o “Participación no controladora”, entonces, en el ícono de “Notas” se puede realizar la aclaración o precisión conducente.

5. En el aplicativo de la Declaración Anual PM, no se genera una vista previa con Estados Financieros básicos y la conciliación contable y fiscal.

El SAT informa que esta observación se tomará en cuenta para las mejoras del aplicativo en 2023.

6. Para la cuenta maestra de las actividades de operación, en el formato que se presenta en el aplicativo de la declaración anual, para elaborar el estado de flujo de efectivo por el método indirecto, incorrectamente se presentan las opciones de partidas relativas al método directo y además no presenta una opción de selección para “otras partidas de operación”.

Se informó, por parte del SAT, que esta problemática ya fue atendida, por lo que a más tardar el 30 de marzo se verá reflejada en el aplicativo de la declaración anual.

7. Conceptos de selección en el rubro de capital contable en el Estado de Situación Financiera y Estado de variaciones en el capital contable presentado en la Declaración Anual 2022, no se presentan rubros por separado en capital contable y se contemplan como selección del capital social.

Se informó, por parte del SAT, que esta observación se tomará en cuenta para las mejoras del aplicativo en 2023.

– Con información de Fiscalia.

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