El Contribuyente
Síguenos
empty

Aumento en cuotas patronales podría afectar al empleo

Los cambios que iniciaron su vigencia en 2023 obligarán a los patrones a replantearse el gasto que tienen en materia de nómina, de acuerdo con el IMCP



20 enero, 2023

En 2023, los patrones enfrentarán desafíos por los recientes cambios en la normalidad laboral y de seguridad social.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), los patrones en la formalidad enfrentarán dos cambios que se traducen en una elevación de costos:

Aumentos ante el IMSS

El vicepresidente de Apoyo a Federadas del IMCP, Rolando Silva Briceño, recordó los aumentos de la cuota patronal en el ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez que iniciaron en enero de 2023.

En la conferencia mensual de enero del IMCP, Silva Briceño dijo que los motivos de este aumento son indiscutibles. Pero advirtió que puede haber efectos negativos.

Lo anterior se debe a que, aunque es un derecho de los trabajadores, estos cambios obligarán a los patrones a replantearse el gasto que tienen en materia de nómina.

“Un encarecimiento tiene como consecuencia una desincentivación en este caso de la contratación de trabajadores”, expresó el especialista.

El integrante del IMCP explicó que, en promedio, se acumula 1.2% de incremento anual en la cuota patronal de este rubro.

Problema con los aumentos de cesantía y vejez

Pero señaló que existe un problema con los aumentos de la cuota patronal en el ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

El problema principal está en la tabla de rangos de salarios, a través de la cual se define el monto de la cuota a pagar. Estos rangos están estructurados con Salario Mínimo (SM) en los primeros dos rangos, y con Unidad de Medida y Actualización (UMA) en los rangos restantes, y es precisamente esto lo que genera la inconsistencia que deriva en la inaplicabilidad de la tabla.

Vacaciones dignas

Aunado a lo anterior, a partir del 1 de enero de 2023, los trabajadores que cumplan un año de antigüedad con su patrón tendrán derecho a disfrutar de 12 y no de 6 días de vacaciones.

El especialista también considera que, si bien el porcentaje de la prima vacacional quedó inmaculado en 25%, al tener que calcularse sobre el doble de días, el monto de la obligación patronal se duplica, así como el pasivo laboral por este concepto.

“Esperemos que estas adecuaciones abonen a su propósito original y no se conviertan en aliciente para los esquemas de elusión de obligaciones laborales, el desincentivo al empleo o una desbandada hacia la informalidad”, comentó el integrante del Colegio de Contadores Públicos de México.

Te puede interesar

¿Dónde descargar las tablas y tarifas de ISR 2023?

NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

En México sí pagamos impuestos: Shein

IMSS publica nuevas características de su sistema del dictamen electrónico SIDEIMSS

¿Qué pasa si no facturo los viáticos?

La SCJN valió el límite máximo al reparto de utilidades