El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Pedirás factura? Ahora tendrás que dar más datos con la versión 4.0

La nueva versión de la factura electrónica se centra en nuevos campos de llenado que son obligatorios



El Contribuyente
27 octubre, 2022

La versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica sustituirá la versión 3.3 que dejará de usarse a partir del último día del año.

Los cambios que incluye la factura electrónica en la nueva versión se centran en nuevos campos de llenado que son obligatorios. Uno de los cambios es que incluye de manera obligatoria el nombre y código postal del domicilio fiscal del emisor y del receptor. También contempla campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.

Además, a partir de de enero 2022, para la emisión de CFDI 4.0, la razón social, tanto del emisor como del receptor, debe capturarse sin incorporar el tipo de sociedad y régimen de capital. Por ejemplo: Antes se incluía Empresa S. A. de C. V., ahora se incluye sólo Empresa.

De acuerdo con un artículo de Fiscalia, la obligación de incluir el nombre del receptor busca que el comprobante pueda ser timbrado en el momento de su emisión, ya que en ese instante se realiza una comparación del nombre proporcionado contra el dato que obra en la base de datos de la autoridad.

En este entendido, el nombre a utilizar deberá ser siempre el vigente en el momento de expedición del documento ya que, de no hacerlo así, no será posible timbrar el CFDI.

Cabe resaltar que no es necesario cancelar documentos originales y emitir nuevos con el nuevo nombre, puesto que los originales fueron correctamente emitidos en su momento, explica el artículo de Fiscalia.

NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Ante los nuevos cambios, la autoridad tributaria puntualiza que los datos mínimos que debe de conocer el contribuyente para emitir la factura son su Registro Federal de Contribuyente (RFC); nombre, denominación o razón social; régimen fiscal; y código postal de su domicilio fiscal.

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Cuándo no se paga ISR por intereses recibidos?

¿Cómo puedo saber si mi devolución de impuestos fue aceptada o rechazada?

Cómo optimizar deducciones en la Declaración Anual

Empresas evaden reforma a subcontratación con esquemas de asimilados y honorarios