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¿Han aumentado los bloqueos de cuentas bancarias por la UIF?

Un especialista dijo que en su despacho pasaron de tener cero casos a 15 actualmente, por situaciones de cuentas bancarias bloqueadas.



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26 mayo, 2022

Desde el inicio de la actual administración se incrementaron los casos de personas a las que se le bloquean sus cuentas bancarias, así como de solicitudes de información de cuentahabientes. Esto lo dio a conocer Abimael Zavala, integrante del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM) y socio director de Zavala Abogados.

El especialista dijo a Imagen Radio que solo en su despacho jurídico pasaron de tener cero casos a 15 actualmente, por situaciones de cuentas bancarias bloqueadas por la autoridad.

Bloqueos de cuentas bancarias

En entrevista, comentó que antes de esta administración no tenían un solo caso por bloqueo de cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Pero señaló que a partir de que llegó el presidente Andrés Manuel López Obrador, actualmente en la oficina tienen 15 casos en lo que va de estos más de tres años de gestión. “Nosotros somos un despacho pequeño, a nivel nacional debe haber más casos”, expresó.

Solicitud de información a los bancos

De acuerdo con Zavala, la UIF sí está facultada para solicitar información de los bancos, pero con base en el reglamento interno de la Secretaría de Hacienda, para combatir el lavado de dinero

Pero aclaró que la UIF no tiene facultad de solicitar información como parte del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, pues es un artículo que sólo faculta al SAT.

Sin embargo, mencionó que hay casos en que la UIF utiliza el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, para acceder a información de los cuentahabientes, lo cual no está apegado a la legalidad.

Atribución del SAT para acceder a la información

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recientemente avaló que el SAT acceda a la información bancaria de personas y empresas sin necesidad de contar con una orden judicial.

Lo anterior se debe a que la Primera Sala de la SCJN aprobó una jurisprudencia que establece que el secreto bancario no opera si se trata de información que el SAT requiere para su fiscalización.

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