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Prevén problemas con la validación del receptor de la factura 4.0

Se considera que la validación del receptor para el CFDI 4.0 será una práctica que irá en contra de la agilización de los negocios y de la rapidez de las transacciones en México.



(Imagen: El Contribuyente)
7 abril, 2022

En el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura versión 4.0 se exigen como requisitos los nombres del emisor y del receptor. Pero los nombres deben registrarse tal y como se encuentra en la cédula de identificación fiscal y constancia de situación fiscal, respetando números, espacios y signos de puntuación.

De acuerdo con información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el nombre debe registrarse tal y como se encuentra en la cédula de identificación fiscal y constancia de situación fiscal, respetando números, espacios y signos de puntuación.

Lo anterior implica que el contribuyente que expida un CFDI tendrá que verificar o validar que los nombres son los correctos y que están bien escritos.

Además, se deben indicar los siguientes datos del receptor del CFDI:

  • El código postal de su domicilio fiscal.
  • El uso fiscal que le dará al comprobante fiscal.

La validación del receptor resultará caótica

En este contexto, en un artículo publicado por Fiscalia se indica que el nombre del emisor no resulta problemático, porque el propio emisor puede revisar su registro y plasmarlo exactamente de la misma manera. Pero se señala que para el caso del receptor, esta validación resultará caótica y carece de sentido práctico.

En el artículo se explica que originalmente, en el CFDI versión 3.2 se eliminó el requisito del nombre y domicilio fiscal, porque se argumentó que se tenía el RFC y con eso se puede identificar plenamente al contribuyente. Además, el SAT cuenta con los nombres y domicilios en su base de datos, y se consideró que no tenía sentido incorporar estos datos a la estructura del CFDI.

Pero en el artículo de Fiscalia se indica que para este año se cambió de criterio, y no sólo se hace obligatorio, sino que se pide que coincidan con el registro ante el SAT, lo cual es redundante, ineficiente y llevará a problemas considerables en el flujo de los negocios.

El problema desde la óptica del receptor

Además, se explica que el problema no se da solamente desde el punto de vista del emisor, para recopilar los datos y validarlos. Los contribuyentes, en su calidad de clientes, consumidores o receptores de las facturas también deben prever que sus proveedores tengan los datos correctos para que las facturas puedan ser generadas. Por ejemplo, de los siguientes proveedores:

  • Compañías telefónicas.
  • Comisión Federal de Electricidad (CFE).
  • Servicios de agua.
  • Servicio de internet.
  • Bancos.
  • Otros servicios financieros.

En el artículo se señala que con la sola revisión de estas facturas, la gran mayoría de los contribuyentes encontrará que tanto los nombres como los códigos postales registrados en las bases de datos de esos proveedores son distintos entre sí y, no sólo eso, sino distintos a los registrados en el RFC. La única constante es el RFC.

En este contexto, surge la duda sobre cuál será la manera o el mecanismo para que estas empresas, cuyas bases de datos integran a millones de clientes, actualicen sus datos con aquellos contenidos en el RFC.

Fiscalia señaló que si el RFC es una clave identificadora única, que ya tiene asociado un nombre y un código postal, es inútil que se solicite la validación de estos dos datos asociados. Además, adelantó que será una práctica que irá en contra de la agilización de los negocios y de la rapidez de las transacciones en México.

Por eso, consideró que la autoridad debe seriamente reconsiderar esta medida que resultará en altos costos tanto para empresas como para la propia autoridad al aumentar considerablemente el número de transacciones que estará recibiendo y validando en sus bases de datos y sistemas.

– Con información de Fiscalia.





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