El Contribuyente
Síguenos
empty

Una contribuyente obtuvo la devolución del ISR retenido cuando percibió ingresos de su Afore

La Prodecon apoyó a una contribuyente a obtener su devolución del ISR a través del formato electrónico de devoluciones. 



Devolución del ISR retenido cuando percibió ingresos de su Afore
El Contribuyente
22 noviembre, 2021

La Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente compartió el caso de una contribuyente que obtuvo la devolución de saldo a favor por el concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR) procedente de los recursos obtenidos de su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

Prodecon ayudó a la contribuyente

En este caso, la contribuyente recibió los ahorros de la subcuenta de su Afore en donde le efectuaron una retención de ISR de conformidad con lo establecido en el artículo 96-Bis de la Ley del ISR.

Por lo tanto, al momento de presentar la declaración y al no existir un rubro específico en el aplicativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el ombudsman fiscal asesoró a la pagadora de impuestos. Esto con el fin de capturar la información correspondiente en el apartado de indemnización y aplicar lo dispuesto en el citado precepto legal.

La autoridad negó la devolución del ISR

Con la información presentada, a la contribuyente le resultó un saldo a favor de ISR de 19 mil pesos, el cual se solicitó en devolución automática. Sin embargo, la autoridad negó su devolución.

Asimismo, el SAT argumentó que existían diferencias entre los ingresos exentos del retenedor y lo declarado por el contribuyente, por lo que de acuerdo con el cálculo realizado no existía saldo a favor a devolver.

La contribuyente presentó la solicitud de devolución vía FED

Sin embargo, la Prodecon apoyó a la contribuyente a presentar de manera manual la solicitud de devolución de su saldo a favor a través del formato electrónico de devoluciones (FED), logrando que la autoridad le devolviera íntegramente la cantidad solicitada.

Puedes ver la información que publicó la Prodecon aquí / Página: 43 / Fecha de publicación: octubre de 2021.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿El pago de dividendos en acciones está prohibido por la Ley del ISR?

¿Se deben retener impuestos por las propinas en 2024?

Procedimiento para la inscripción de trabajadores domésticos al IMSS en fase II

Cómo evitar problemas con el IMSS si tienes trabajadores domésticos

colegiaturas-deducibles-impuestos

¿Cuándo son deducibles los regalos y muestras para clientes?