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5 aspectos clave de la reforma fiscal para el 2022

Conoce los cinco aspectos clave que publicó el IMCP sobre la reforma fiscal para el año 2022.



5 aspectos clave de la reforma fiscal para el 2022
(Imagen: El Contribuyente)
24 noviembre, 2021

El 12 de noviembre, el Poder Ejecutivo publicó la Miscelánea Fiscal para 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En su conferencia de prensa de noviembre, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) expuso los que considera son los cinco aspectos clave de la miscelánea o reforma fiscal para el año 2022, y son los siguientes:

Aspectos clave de la reforma fiscal para el año 2022

1. Facilidades y obligaciones del RESICO

En el régimen simplificado de confianza (RESICO) para las personas físicas, se recomiendan diversas facilidades y una tasa reducida en el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR). Sin embargo, se deben cumplir las obligaciones respectivas, porque de lo contrario, los contribuyentes serán sancionados o expulsados ​​del RESICO. 

Por eso, el IMCP considera que la función del contador público será esencial para asesorar a los contribuyentes, con el propósito de que apliquen en toda su extensión los beneficios y facilidades del RESICO. Mientras que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberá pagarlo de forma completa, llevando los controles documentales y declaraciones respectivas.

2. Deducciones personales de personas físicas

En materia de deducciones personales de personas físicas, los donativos no podrán exceder de la cantidad que resulte menor entre el 15% del total de sus ingresos, o cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que equivale a 163,557 pesos.

3. RFC para mayores de 18 años

A partir del 2022, todas las personas físicas mayores de edad deberán estar inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), independientemente de que realicen o no alguna actividad económica. Es decir, que tengan ingresos o que realicen actividades gravadas para IVA. Incluyendo a adultos mayores que no tienen ingresos.

4. Deducción de cuentas incobrables en ISR

Para deducir aquellos montos que sean mayores a 30,000 Unidades de Inversión (UDIS), que equivalen aproximadamente a 210,133 pesos, ahora será necesario agotar las gestiones de cobro que demuestren que fue imposible la cobranza.

Hasta el año 2021 era suficiente con presentar la demanda o iniciar el procedimiento arbitral.

5. Dictamen de estados financieros

Los contribuyentes están obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público inscrito ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuando se actualicen los siguientes supuestos:

  • Que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado, hayan obtenido ingresos acumulables iguales o superiores a 1,650 millones 490,600 pesos.
  • Así como aquellos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista de la bolsa de valores.

Contadores deberán informar sobre posibles delitos fiscales al SAT

Además, cuando el contador público inscrito ante el SAT, tenga conocimiento de que el contribuyente dictaminado, incumplió con las disposiciones fiscales y aduaneras o que llevó a cabo alguna conducta que pueda constituir la comisión de un delito fiscal, deberá informarlo a la autoridad fiscal.

Al respecto, el IMCP indicó que mantendrá el diálogo con los legisladores y las autoridades tributarias, para exponer sus consideraciones sobre el alcance y responsabilidad del trabajo realizado por los contadores públicos inscritos ante el SAT.

Puedes ver la información que publicó el IMCP aquí / Fecha de publicación: 17 de noviembre de 2021.


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