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No todos aprueban nombramiento del titular de la Consar

Según algunos especialistas, el nuevo titular de la Consar, Iván Pliego Moreno, no cumple con los requisitos de ley.



El Contribuyente
5 octubre, 2021

A mediados de septiembre, Iván Pliego Moreno pasó a ser el titular de la Comisión Nacional del Sistema del Ahorro para el Retiro (Consar).

Incluso desde antes de tomar posesión, Pliego señaló que el Sistema del Ahorro para el Retiro (SAR) debe cambiar las estrategias de inversión de las afores para mejorar la relación menor riesgo-mayor rendimiento.

Pliego también ha señalado que se debe hacer más para crear conciencia entre la población. De acuerdo con el funcionario, 18 millones de mexicanos no saben que cuentan con una afore. En este sentido, empresas, gobierno, medios e instituciones financieras deben trabajar en conjunto para atraer más atención al tema.

No están de acuerdo con su nombramiento

Sin embargo, puede que los objetivos de Pliego no se cumplan. Como señala Reforma, algunos especialistas no están satisfechos con el nombramiento de Pliego al frente de la Consar.

El artículo 10 de la Ley del SAR habla sobre los requisitos para ser Presidente de la Consar:

  1. El Presidente deberá reunir los requisitos siguientes:
    Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
  2. Gozar de reconocida experiencia en materia económica, financiera, jurídica o de seguridad social;
  3. No tener nexos patrimoniales con los accionistas que formen el grupo de control de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro sujetos a la supervisión de la Comisión, ni con los funcionarios de primer y segundo nivel de los mismos, así como no ser cónyuge ni tener relación de parentesco consanguíneo dentro del segundo grado con dichas personas;
  4. No haber sido inhabilitado para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público o en el sistema financiero mexicano y gozar de reconocida solvencia moral, y
  5. No desempeñar cargo de elección popular, ni ser accionista, consejero, funcionario, comisario, apoderado o agente de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro.

La limitación consistente en no ser accionista de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro no será aplicable tratándose de las acciones del capital variable emitidas por Sociedades de Inversión en las que participe como trabajador.

Como señala Reforma, especialistas no están conformes porque la ley establece que titular no debe ser agente de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro, ni desempeñar cargo de elección popular, ser accionista, consejero, funcionario o comisario.

El expresidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Mario Di Costanzo, señaló que Pliego no cumple con las fracciones II y V del artículo.

Hay que señalar que el cargo anterior de Pliego fue como vocal ejecutivo de PensionISSSTE, lo que significa que pasará de ser regulado por estar en una afore pública a tener acceso a toda la información de las otras afores privadas.

Otros especialistas han dicho que existe el riesgo de que Pliego utilice el acceso a esta información para favorecer a PensionISSSTE. Si se da esta situación, la Consar podría perder su neutralidad.

 

Con información de Reforma y El Economista

https://www.reforma.com/inquieta-en-afores-cambio-en-consar/ar2271236?v=4

https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Afores-deben-mejorar-su-esquema-de-inversion-20210907-0109.html

 

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