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Conoce las implicaciones fiscales de la nueva ley en materia de publicidad

La Prodecon dio a conocer a través de un artículo las implicaciones fiscales de la nueva ley en materia de publicidad. 



El pago por cuenta de terceros se actualiza cuando una agencia adquiere espacios publicitarios
(Imagen: El Contribuyente)
22 septiembre, 2021

El 1 de septiembre entró en vigor la Ley para la transparencia, prevención y combate de prácticas indebidas en materia de contratación de publicidad.

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¿Cuál es el objetivo de la nueva ley en materia de publicidad?

El objetivo de la nueva ley en materia de publicidad, es promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como la prevención y el combate a prácticas comerciales que afectan la competencia y a los consumidores.

¿Qué implicaciones fiscales tiene la ley?

De acuerdo con un artículo publicado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), desde el punto de vista fiscal, la nueva ley tiene las implicaciones siguientes:

Envío del CFDI directamente al anunciante

Al establecer que el medio debe enviar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por la venta de los espacios publicitarios directamente al anunciante, aun cuando la agencia realice el pago en su nombre y que deben desglosarse los servicios prestados y las fechas y lugares de difusión, se obliga a segmentar cada uno de los servicios que se prestan en esta industria y se regula su pago y la expedición del CFDI.

La agencia y el medio de difusión deben ser partes independientes

Al establecer que la agencia y el medio de difusión deben ser partes independientes, se garantiza que no haya colusión entre los participantes y se alienta la competencia en la industria.

La ley aplicará cuando el anunciante sea residente en el país

Las disposiciones de la ley aplicarán cuando el anunciante sea residente en el país y el anuncio sea difundido en territorio nacional, con independencia del lugar de establecimiento de la agencia.

El tratamiento depende de quién es el contratante

Un aspecto relevante es que en la contratación de publicidad se aplicarán dos tratamientos, dependiendo de quién es el contratante:

  1. Si es un particular, será regulado por la nueva ley en materia de publicidad.
  2. Si es un ente público, se debe atender a los criterios, principios y disposiciones previstas en la Ley General de Comunicación Social Prevención y combate de prácticas indebidas en materia de contratación de

Puedes ver el artículo que publicó la Prodecon aquí / Páginas: 41 a la 43 / Fecha de publicación: septiembre de 2021.


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