El Contribuyente
Síguenos
empty

Pymes tienen dudas sobre los ajustes a su objeto social

Pequeñas y medianas empresas no saben si deben acotar o modificar su objeto social bajo la nueva reforma.



El Contribuyente
27 agosto, 2021

Para poder ofrecer servicios especializados, las empresas deben inscribirse al padrón o registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE). La fecha límite para cumplir con esta obligación es el 1 de septiembre.

A inicios de agosto, Alejandro Salafranca Vázquez, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), señaló los problemas más comunes con la inscripción al REPSE. Dos de ellos están directamente relacionados con el objeto social.

Capturan el objeto social sin desglosarlo

El sistema del REPSE no permite inscribir las actividades del objeto social en bloque. Es decir, las empresas tienen que capturar una por una las actividades que quieren inscribir.

El sistema del REPSE se diseñó así a solicitud de los empresarios. Si se quiere, se pueden inscribir todas las actividades del objeto social, pero una por una. Porque a las empresas se les da un número de REPSE general, pero se les da un folio por cada actividad registrada, para que se especifique la actividad o actividades contratadas.

En un sentido práctico, los gestores de muchas empresas copian y pegan el objeto social completo, por eso no consiguen el REPSE.

Registran actividades que no forman parte del objeto social

Otra equivocación es la de empresas que solicitan registrar actividades que no están en su objeto social.

Eso no se puede. Las empresas deben capturar las actividades que tienen dadas de alta en el SAT o las que están en su objeto social, dependiendo si es una persona física o moral.

Pequeñas y medianas empresas tienen dudas sobre el objeto social

Los pequeños negocios todavía tienen dudas sobre cambiar el objeto social. En entrevista con Reforma, Juan Antonio Mendoza Soto, director en Mendoza & Sandoval Abogados, explicó que la reforma prohíbe que el objeto social de una empresa proveedora sea el mismo que el la empresa cliente.

Esto provoca incertidumbre para las pequeñas empresas que no saben si deben modificar su objeto social. Mendoza también señaló que no se sabe cómo reaccionarán los tribunales y qué criterios usarán para resolver estos problemas.

 

Con información de Reforma

https://www.reforma.com/acotan-objeto-social-por-outsourcing/ar2246687

 

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

El “régimen de confianza” podría aumentar la base de contribuyentes en más de 20%


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
El SAT puede rechazar deducciones por falta de materialidad, sin citar el 69-B del CFF

¿Qué diferencia hay entre deducciones autorizadas y deducciones personales?

¿Los trabajadores pueden presentar su declaración anual sin avisar a su patrón?

Los bancos deben pagar intereses si tardan en restituir cargos no reconocidos a tarjeta de débito

No procede el amparo por negativa de banco para abrir cuenta bancaria

La presunción de legalidad del dictamen de estados financieros no es absoluta

¿Cuándo se debe presentar el dictamen de estados financieros del ejercicio 2023?