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Duda pone en jaque a empresas: ¿Qué es poner trabajadores a disposición?

Debido a que algunos puntos de la reforma no han sido aclarados, la Coparmex ha pedido otra prórroga para enero de 2022.



El Contribuyente
31 agosto, 2021

Inicialmente, el 1 de agosto era el último día para cumplir con los cambios establecidos en la reforma al outsourcing. Sin embargo, después de varias peticiones por parte de especialistas, legisladores y la iniciativa privada, el Congreso de la Unión aprobó la ampliación del plazo hasta el 1 de septiembre.

Recientemente, Luisa María Alcalde, titular Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), declaró que no habrá otra prórroga.

Empresas todavía tienen dudas importantes

Sin embargo, a unas horas de que termine el plazo, varias empresas todavía tienen una duda crucial sobre la reforma.

Ha quedado claro que las personas físicas o morales que presten servicios especializados o realicen obras especializadas en las cuales pongan trabajadores propios a disposición del contratante deben registrarse en el REPSE.

El problema es que no se ha explicado cabalmente qué significa el término “poner trabajadores a disposición del contratante”.

La semana pasada, Alejandro Salafranca, titular de la Unidad de Trabajo Digno de la STPS, habló sobre esta duda. Salafranca explicó que las actividades que se deben registrar en el REPSE con aquellas donde el contratista pone a disposición trabajadores propios en beneficio del cliente.

El funcionario explicó que si un trabajador recibe órdenes del cliente, no significa que esté a su disposición. Esto solamente se dará cuando el contratista envíe a su personal con el cliente para cumplir con un contrato.

Explicación no es suficiente

Sin embargo, la explicación de Salafranca no es suficiente para las empresas. Esto deriva en que las empresas no saben si por sus actividades deben o no registrase en el REPSE. A su vez, esto ha generado que miles de empresas intenten conseguir el registro, cuando en realidad deberían ser menos las obligadas por la ley.

En su columna invitada en El Financiero, la Coparmex explicó que las autoridades deben explicar los alcances del término “poner trabajadores a disposición del contratante”.

Así, habrá un criterio central para decidir si hay subcontratación de servicios especializados o no. Con esta definición, no importará si el personal recibe órdenes del contratante o si los servicios se llevan a cabo en su domicilio, y las empresas ya no tendrán dudas al respecto.

Por todo lo anterior, la Coparmex ha pedido a las autoridades que se defina el concepto de “proporcionar o poner a disposición trabajadores propios en beneficio de otra” .

El organismo también solicitó una nueva prórroga a la reforma hasta enero de 2022.


Con información de El Financiero

https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/colaborador-invitado/2021/08/27/reforma-en-materia-de-subcontratacion-las-dudas-que-no-se-han-despejado/

 

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