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Es ilegal que el SAT rechace nuevas solicitudes de devolución por una negativa previa

La Prodecon consideró que es ilegal que la autoridad rechace nuevas solicitudes de devolución, alegando que existe una negativa previa.



Es ilegal que el SAT rechace nuevas solicitudes de devolución por una negativa previa
(Imagen: El Contribuyente)
16 junio, 2021

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. [CFF 22].

Además, el CFF también señala que las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas. Pero indica que podrán ser modificadas por los contribuyentes hasta en tres ocasiones. Esto aplicará cuando la autoridad no haya iniciado el ejercicio de sus facultades de comprobación. [CFF 32]. 

Declaración complementaria presentada por un contribuyente

En este contexto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) publicó un criterio sustantivo relacionado con las solicitudes de devolución.

En el documento, el ombudsman fiscal expuso el caso de un contribuyente que presentó una declaración complementaria, de la que derivó un saldo a favor que previamente fue negado.

Sobre el caso, la Prodecon consideró que el contribuyente puede solicitar su devolución mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED), el cual debe ser analizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La Procuraduría indicó que la autoridad debe hacer lo anterior, para que pueda emitir un pronunciamiento de fondo. Y el pronunciamiento de la autoridad deberá ser congruente y debidamente fundado y motivado. 

Es ilegal que la autoridad fiscal restrinja el derecho a la devolución

Por eso, la Prodecon determinó que resulta ilegal que a través del aplicativo del SAT, la autoridad restrinja el derecho a la devolución, emitiendo la siguiente leyenda: “No es posible presentar la solicitud de devolución, porque el importe solicitado se encuentra negado”.

Lo anterior se debe a que la autoridad estaría haciendo a un lado, el hecho de que al haberse presentado una declaración complementaria, ésta creó una nueva situación jurídica, la cual genera la obligación de analizar la solicitud de devolución que derivó de la nueva declaración.

Puedes revisar el criterio sustantivo que publicó la Prodecon aquí / Año: 2021 / Subprocuraduría: Protección de los Derechos de los Contribuyentes / Con este criterio de búsqueda: Renta / Clave: 7/2021 / Publicación: 31 de mayo de 2021.


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