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Los cambios que tendrán que hacer las empresas por la limitación del outsourcing

Con la aprobación del dictamen en la Cámara de Diputados, se acerca la reforma al outsourcing. Las empresas tendrán que hacer varios cambios para cumplir con las nuevas leyes.



14 abril, 2021

Ayer, las comisiones del Trabajo y Previsión Social y la de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados hicieron un cambio al dictamen que podría eliminar la subcontratación laboral de la ley mexicana.

Este cambio prohíbe el uso del outsourcing en las dependencias del gobierno federal, excepto en los casos en que las empresas estén registradas en el padrón que se creará para este fin, tratándose para servicios u obras especializadas.

Durante la madrugada de hoy, la Cámara de Diputados aprobó las reformas con 284 votos a favor, 108 en contra y 17 abstenciones. Ahora, el dictamen pasará al Senado.

Cambios para las empresas

Sustitución patronal

Lo que más preocupa a los especialistas son todos los cambios burocráticos que deben hacer en este periodo. El problema principal es que se prohíbe la subcontratación externa, pero también la interna. Esto implica que ya no se podrán crear empresas del mismo grupo para la administración paralela de nómina.

Ante este escenario, las empresas tendrán que recurrir a la sustitución patronal ante el IMSS. Básicamente, se refiere a trasladar a los trabajadores entre patrones conservando sus derechos. Para las empresas que utilizaban el insourcing, la figura de la sustitución patronal es la única forma de cumplir con el cambio en la nómina. Además, la nueva empresa deberá reconocer los derechos laborales, la antigüedad y riesgos de trabajo de los trabajadores que absorba.

Insourcing

El dictamen actual también prohibiría la figura del insourcing. En entrevista con Factor Capital Humano, el abogado Óscar de la Vega, socio de la firma D&M Abogados, explicó que las empresas creadas para mantener el insourcing, así como las suministradoras de personal deben reestructurarse.

En este sentido, lo más importante es que las empresas de capital humano no podrán ser consideradas patrones de los trabajadores que coloquen en las otras compañías. De lo contrario, se enfrentarán a multas fiscales, laborales y penales.

Los cambios del dictamen

Además, se deben tomar en cuenta los puntos del dictamen:

  • La prohibición de la subcontratación de personal.
  • La regulación de la subcontratación de servicios especializados distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.
  • El registro ante la STPS y la inscripción al padrón público de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializados.
  • Multa de 2 mil a 50 mil UMA a quien preste servicios de subcontratación sin contar con el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
  • La responsabilidad solidaria en caso de incumplimiento.
  • El otorgamiento de un plazo de tres meses para que los trabajadores subcontratados pasen a formar parte de la nómina del patrón real.
  • Tope de Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) a 3 meses de salario o al promedio de los últimos tres años.
  • Obligación en materia de IMSS e Infonavit para las empresas que prestan servicios de subcontratación, de presentar información cuatrimestral.
  • Limitación de deducción y de acreditamiento de impuestos de pagos realizados a empresas de subcontratación laboral que no cuenten con el registro ante la STPS.
  • Responsabilidad solidaria para los contratantes de los servicios, con respecto a las contribuciones a cargo de los trabajadores que presten el servicio.
  • Derogación de la retención del 6% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en subcontratación.
  • Obligaciones formales en materia de ISR e IVA relativas a información que el contratista debe proporcionar al contratante.

 

Con información de Factor Capital Humano

ttps://factorcapitalhumano.com/leyes-y-gobierno/abogados-piden-a-empresas-tomarse-en-serio-prohibicion-de-subcontratacion-laboral/2021/04/

 

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