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Pide IMCP al SAT aclaración sobre pagos provisionales prellenados para personas morales

El SAT indicó que el aplicativo con los pagos provisionales prellenados se pondrá a disposición de las personas morales un mes antes de que vaya a iniciar operación.



Pagos provisionales prellenados para personas morales del régimen general en 2021
(Imagen: El Contribuyente)
22 marzo, 2021

Como parte de los cambios fiscales para 2021, se incorporó la regla 3.9.19. Pagos provisionales para personas morales del régimen general de ley, en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021

Dicha regla no modifica el proceso que deberán seguir las personas morales para la presentación de los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Pagos provisionales prellenados

Sin embargo, la declaración se encontrará prellenada con la siguiente información:

  • Datos de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de tipo ingreso emitidos por las personas morales en el periodo de pago.
  • Información correspondiente a los pagos provisionales efectuados con anterioridad.
  • Información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior

Planteamiento del IMCP

En este contexto, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) le presentó un planteamiento al Servicio de Administración Tributaria (SAT) relacionado con los pagos provisionales prellenados para personas morales del régimen general de ley.

En el documento, que se presentó en la última reunión de síndicos del contribuyente, el IMCP incluyó las siguientes consideraciones y cuestionamientos:

  1. ¿Existe algún plazo contemplado por la autoridad para dar a conocer la entrada en vigor de los pagos provisionales prellenados para personas morales del régimen general de ley?
  2. ¿Hay un error de redacción en el artículo Transitorio Cuadragésimo Noveno de la RMF para 2021? ¿En lugar de referirse a la regla 3.9.1.9. de la RMF para 2021, que no existe, este transitorio debe referirse a la regla 3.9.19.? Porque dicho transitorio indica que mientras no se publique en el portal del SAT la declaración señalada, se deberá de presentar el pago provisional a través de los formatos R1 “ISR personas morales”.
  1. En el caso de las personas morales que causan el ingreso en base al flujo de efectivo o en base al avance de obra, ¿estos contribuyentes podrán modificar los datos prellenados o estarán contemplados estos criterios en el prellenado?
  1. Las adecuaciones tecnológicas que se incluyan en la plataforma para el entero de los pagos provisionales del ISR, deben contemplar que se pueden presentar variaciones entre los comprobantes fiscales tipo ingreso emitidos y precargados en el aplicativo, y los ingresos nominales que deberían acumularse para efectos de determinar el pago provisional del ISR. Las variaciones pudieran ser las siguientes:
  • Facturas emitidas dentro de un mes y canceladas dentro de los primeros días del mes inmediato posterior.
  • Enajenaciones de activos fijos (inversiones) por las cuales se determina la ganancia fiscal que deberá acumularse a los ingresos, por los que se determina el pago provisional.
  • Emisión de notas de crédito, en apego a lo dispuesto en la Guía del Anexo 20, por la amortización de anticipos cobrados.
  • Ingresos obtenidos los últimos días de mes y facturados dentro de las 72 horas posteriores, comprobantes que pudieran ser timbrados en los primeros días del mes inmediato posterior.
  • Contribuyentes que acumulan sus ingresos hasta el momento de cobro y no cuando emiten el CFDI.
  1. El IMCP también solicitó que se otorguen facilidades para que las declaraciones complementarias que los contribuyentes se vean obligados a presentar, para en su caso modificar la información prellenada, no sean contabilizadas para efectos de lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Es decir, que no se contemplen para el máximo de declaraciones que pueden presentar los contribuyentes.

Respuesta del SAT

En su respuesta, el SAT aclaró que en el artículo Transitorio Cuadragésimo Noveno de la RMF para 2021, se indica que en tanto no se publique la nueva declaración prellenada, las personas morales deberán presentar sus pagos provisionales con el formulario actual, que es el R1 “ISR personas morales”.

Aplicativo con pagos provisionales prellenados

La autoridad fiscal indicó que el aplicativo con los pagos provisionales prellenados se pondrá a disposición un mes antes de que vaya a iniciar operación, para que lo conozcan, junto con la Guía de llenado.

Esto lo publicó el SAT en el documento Primera reunión bimestral 2021 con las coordinaciones nacionales de síndicos del contribuyente.

La autoridad fiscal advirtió que la información contenida en el documento es de carácter informativo. Por eso, no crea derechos ni establece obligaciones distintas de las contenidas en las disposiciones fiscales.

Puedes revisar el planteamiento del IMCP y la respuesta del SAT aquí / Páginas: 12 a la 14 / Fecha de publicación: febrero de 2021.


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