El SAT publicó un documento en el que indica el procedimiento y el programa electrónico o aplicación para presentar la declaración de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2. El 11 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una versión anticipada del Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021.
Declaración informativa de donativos
En dicho documento, el SAT indica el procedimiento y el programa electrónico o aplicación para realizar el trámite 146/ISR Declaración informativa de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2. Se trata de un trámite que deben realizar las donatarias autorizadas que recibieron u otorgaron donativos destinados para atender las contingencias ocasionadas por el coronavirus SARS-CoV-2, que causa la enfermedad denomina COVID-19. Lo anterior significa que es un trámite para las donatarias cuyo objeto social o fin autorizado, corresponda a la asistencia médica, rehabilitación, o que cuenten con autorización para apoyar económicamente a otra organización civil o fideicomiso autorizado.
Fecha límite para presentar la declaración
Las donatarias autorizadas deben presentar este trámite o declaración a más tardar el 31 de enero 2021. El trámite se realiza en el portal del SAT a través del programa electrónico o aplicación ubicada en el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/tramites/66185/presenta-declaracioninformativa-de-donativos-recibidos-para-mitigar-y-combatirel-virus-sars-cov2 Puedes ver la versión anticipada del Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021 aquí / Fecha de publicación: 11 de enero de 2021.
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