El Contribuyente
Síguenos
empty

El SAT habilita aplicación para la declaración de donativos por COVID-19

El SAT publicó un documento en el que indica el procedimiento y el programa electrónico o aplicación para presentar la declaración de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2.



El SAT habilita aplicación para la declaración de donativos por SARS-CoV2
(Imagen: Captura de pantalla)
13 enero, 2021

El 11 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una versión anticipada del Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021.

Declaración informativa de donativos

En dicho documento, el SAT indica el procedimiento y el programa electrónico o aplicación para realizar el trámite 146/ISR Declaración informativa de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2.

Se trata de un trámite que deben realizar las donatarias autorizadas que recibieron u otorgaron donativos destinados para atender las contingencias ocasionadas por el coronavirus SARS-CoV-2, que causa la enfermedad denomina COVID-19.

Lo anterior significa que es un trámite para las donatarias cuyo objeto social o fin autorizado, corresponda a la asistencia médica, rehabilitación, o que cuenten con autorización para apoyar económicamente a otra organización civil o fideicomiso autorizado.

Fecha límite para presentar la declaración

Las donatarias autorizadas deben presentar este trámite o declaración a más tardar el 31 de enero 2021.

El trámite se realiza en el portal del SAT a través del programa electrónico o aplicación ubicada en el siguiente enlace:

https://www.sat.gob.mx/tramites/66185/presenta-declaracioninformativa-de-donativos-recibidos-para-mitigar-y-combatirel-virus-sars-cov2

Puedes ver la versión anticipada del Anexo 1-A de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021 aquí / Fecha de publicación: 11 de enero de 2021.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
Proponen que el SAT atienda durante sus periodos de vacaciones

Vacaciones del SAT 2025: se detienen trámites, pero no tus declaraciones

Un millón de contribuyentes desaparecen del SAT en un mes

hora de la comida

¿Invitaste a comer a un cliente? Solo una parte es deducible (y eso si cumples con todo)

Para evitar problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes deben tener cuidado al realizar traspasos entre cuentas.

El SAT no puede cobrarte impuestos solo con datos de terceros, confirma tribunal