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Cambios fiscales que debes tener en cuenta para 2021

Este año entraron en vigor algunos cambios fiscales y laborales que todas las empresas deben tener en mente.



4 enero, 2021

Este 1 de enero entraron en vigor varios cambios fiscales que las empresas deberán tener en mente a lo largo del año. Te decimos de qué se tratan.

Esquemas reportables

El 18 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020. Entre otros cambios, la versión incluye las reglas generales para la revelación de esquemas reportables.

Se considera un esquema reportable a cualquiera que pueda generar directa o indirectamente la obtención de un beneficio fiscal en México, sin importar la residencial fiscal del contribuyente. Es decir, cualquier plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción o recomendación externada de formas expresa o tácita con el objeto de materializar una serie de actos jurídicos.

Del mismo modo, se entiende como asesor fiscal cualquier persona física o moral que en el curso de su actividad sea responsable o se involucre en el diseño, comercialización, organización o administre un esquema reportable. Esta información deberá presentarse mediante una declaración informativa en el mes de febrero de cada año.

El documento incluye 28 reglas generales, una para cada tipo de esquema reportable.

Además, el SAT lanzó el sitio oficial de esquemas reportables. El sitio contiene información sobre los esquemas, los sujetos obligados, las declaraciones informativas, las multas e infracciones, etc.

Plataformas digitales

En este tema, hay cambios importantes para usuarios y para proveedores.

Para usuarios, lo más importante son las tarifas únicas de retención de ISR:

Tipo de servicio
Tasa de retención anterior (dependiendo de ingreso mensual)
Tasa de retención aprobada por diputados
Tasa de retención aprobada por senadores
Servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes
2% a 8%
2.8%
2.1%
Servicios de hospedaje
2% a 10%
5%
4%
Enajenación de bienes y prestación de servicios
0.4% a 5.4%
2.4%
1%

Como explica Fiscalia, hay tres cambios principales para los proveedores:

  • Se podrá bloquear el acceso a Internet para los contribuyentes prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero sin establecimiento en México.
  • Hay una disminución de obligaciones a residentes en el extranjero que prestan servicios digitales a través de plataformas digitales de intermediación.
  • Las plataformas digitales de intermediación pueden optar por publicar los precios de bienes y servicios sin incluir el impuesto al valor agregado en forma expresa y por separado.

Cambios laborales

También hay un serie de cambios laborales que podrían entrar en vigor en 2021.

En primer lugar está el tema de la reforma al outsourcing. En diciembre, se firmó un acuerdo tripartita entre el gobierno federal, los empresarios y el sector obrero. Estos son los puntos más importantes:

  1. Las empresas empezarán a regularizar sus plantillas inmediatamente, según lo establecido en la iniciativa de ley.
  2. Se debe definir un nuevo procedimiento para calcular el reparto de utilidades.
  3. La discusión parlamentaria empezará en febrero de 2021.
  4. Se hace un llamado a las empresas que manejan nóminas para que no den de baja a sus trabajadores en diciembre.

Por otro lado, está el tema del home office. En diciembre, la Cámara de Senadores con 91 votos a favor aprobó las reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para regularizar el home office o trabajo desde casa. Al haber sido previamente aprobada por la Cámara de Diputados sólo resta que el Ejecutivo federal promulgue la reforma para que sea oficial.

Una de las modificaciones más importantes son las nuevas obligaciones de los patrones hacia los trabajadores que utilizan esta modalidad laboral, tales como proporcionar los medios, recursos y herramientas necesarias para el ejercicio de sus funciones, así como cubrir los gastos que deriven de la jornada laboral.

Los transitorios establecen que las reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación y que el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 18 meses para publicar la norma oficial mexicana (NOM) que regule los aspectos de seguridad y salud del teletrabajo.

 

Con información de Fiscalia

https://www.fiscalia.com/publicaciones/14992

 

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